La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) determinó nuevos topes para realizar transacciones a través de billeteras virtuales. Los límites informados empezarán a regir desde el 1° de mayo al utilizar cualquiera de las aplicaciones.
El objetivo del ente recaudador es establecerlos y hacer que las billeteras informen de forma obligatoria cuando alguien se excede. Así se podrá determinar el origen de los fondos, y de esta manera, comprobar si son lícitos o no.
Todas las billeteras virtuales se encuentran reguladas bajo las normativas de la Afip y son las responsables de hacer cumplir los nuevos topes. Los usuarios, por su lado, deberán estar conscientes de estos números para evitar problemas con el organismo.
Topes desde el 1° de mayo
- Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no se reportarán a la Afip.
- Los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la Afip.
- En cuanto a transacciones individuales, se reportarán a la Afip cuando superen los $400.000.
Qué pasa si se excede el límite
Hoy por hoy las billeteras virtuales son una parte importante en las personas y cada vez son más utilizadas para pagar todo, desde comida hasta alquileres y otros servicios.
Según se detalló, las aplicaciones tienen la obligación de informar a la Afip cuando algún cliente exceda los montos antes mencionados.
Si se super el límite, el ente recaudador evaluará la situación fiscal del contribuyente con el objetivo de evitar irregularidades.
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Si es necesario, solicitará que el usuario demuestre el origen de los fondos que fueron utilizados en esa operación. Si existe intimación de la Afip, el contribuyente deberá presentar recibos de sueldo, facturas u otras pruebas para aclarar su situación.
En última instancia, el fisco podrá cerrar la cuenta del usuario y realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) si no se cumplen las condiciones.
Cabe destacar que todos estos informes son responsabilidad de la Afip, que se comunicará con el usuario a través del domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la misma aplicación.