Los conductores que circulen por las calles de la ciudad de Córdoba deberán hacerlo con más responsabilidad, caso contrario, podrán pagar hasta más de un millón de pesos en multa.
A través de la resolución 048 publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba quedó establecido un incremento en las Unidades Económicas Municipales (U.E.M.), la herramienta que se utiliza para establecer el valor de las infracciones de tránsito que equivale a ocho litros de nafta.
+ MIRÁ MÁS: Cómo funcionan los radares para controlar la velocidad en la ciudad de Córdoba: el video explicativo
A partir de que el litro del combustible se vende a $1.005, el valor de la U.E.M. pasó de $7.728 a $8.040. Con esta cifra, las multa más altas rondan entre los 804 mil pesos a más de un millón de pesos.
Estacionamiento
- Dejar el vehículo en lugares prohibidos o en forma indebida o antirreglamentaria, será sancionado con una multa de 5 a 15 U.E.M.: $40.200 a $120.600.
- Dejar el vehículo en espacios verdes, canteros centrales, reservas para personas con discapacidad, reservas para servicios de emergencia, paradas de transporte de pasajeros, carriles exclusivos de transporte, sobre sendas o veredas peatonales, bicisendas o ciclovías, se aplicará una multa de 20 a 50 U.E.M.: $160.800 a $402.000.
- Obstruir o de cualquier modo obstaculicen el acceso a rampas para personas con discapacidad o movilidad reducida, se aplicará una multa de 40 a 100 U.E.M.: $321.600 a $804.000.
Circulación
- Superar los niveles máximos permitidos de alcohol en sangre para su categoría, será sancionado con multa e inhabilitación para conducir:
- Superior al 0,4 g/l a 0,8 g/l, la multa será de 20 a 50 U.E.M.: $106.800 a $402.000.
- De 0,8 g/l a 1,2 g/l, la multa será de 30 a 60 U.E.M.: $241.200 a $484.400.
- De 1,2 g/l a 1,6 g/l, la multa será de 40 a 80 U.E.M.: $321.600 a $643.200.
- De 1,6 g/l a 2 g/l, la multa será de 50 a 100 U.E.M.: $402.000 a $804.000.
- Superior a 2,0 g/l, la multa será de 80 a 130 U.E.M.: $643.200 a $1.045.200.
- Conducir bajo la acción de tóxicos, estupefacientes o drogas prohibidas, será sancionado con una multa de 100 a ciento 130 U.E.M.: $804.000 a $1.045.200.
- Trasladarse en moto sin casco, ya sea como conductor o acompañante, será sancionado con multa de 5 a 30 U.E.M.: $40.200 a $241.200.
- Circular por vías o carriles selectivos, o exclusivos para el Transporte Público de Pasajeros será sancionado con multa de 5 a 20 U.E.M.: $40.200 a $160.800.
- Usar aparatos telefónicos o algún otro sistema de comunicación telefónica manual, o redactará o leyera mensajes escritos a través de teléfonos celulares o aparatos electrónicos, será sancionado con multa de 5 a 15 U.E.M.: $40.200 a $120.600.
- Cruzar un semáforo en luz roja, será sancionado con multa de 15 a 100 U.E.M.: $120.600 a $804.000.
- Circular a mayor velocidad de la permitida, será sancionado con una multa de 5 a 30 U.E.M.: $40.200 a $241.200.