La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó la solicitud de libertad condicional pedida por Jorge Marcelino Chávez.
La decisión, tomada por mayoría, se fundamenta en el hecho de que el condenado es reincidente, una condición que, según la ley, le impide acceder a este beneficio.
El trágico suceso que llevó a la condena se remonta a noviembre de 1996, cuando, en medio de una disputa en barrio Santa Isabel segunda sección, Chávez y los hermanos Pucheta se enfrentaron a los hermanos Romo. Durante el altercado, Manuel Romo fue asesinado por múltiples disparos.
En un giro fatal, una de las balas alcanzó a Roberto Arnaldo Pérez, quien no estaba involucrado en la pelea y se encontraba jugando al fútbol. Murió en el acto.
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Desde junio de 1998, Chávez cumple su condena de prisión perpetua, sin vislumbrar la posibilidad de obtener la libertad en el futuro cercano. La reciente resolución del TSJ reafirma que su reincidencia es un obstáculo insalvable para acceder a la libertad condicional.
Los jueces Sebastián López Peña y María Marta Cáceres de Bollati, quienes conformaron la mayoría en la Sala Penal, argumentaron que el recurso presentado por la defensa del condenado no es válido para cuestionar la constitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que prohíbe la libertad condicional para reincidentes.
Además, señalaron que no se realizó ningún pedido formal para declarar esta norma inconstitucional y que la defensa había aceptado la regla previamente.
La Sala Penal también desestimó la opinión minoritaria de un ex juez de la Corte Suprema, Raúl Eugenio Zaffaroni, quien había sugerido revisar la cadena perpetua a los 25 años.
Los magistrados aclararon que esta postura no es compartida por el máximo tribunal y que cualquier modificación en la forma en que se revisa la cadena perpetua debe ser realizada por el Congreso, respetando la división de poderes.
Es importante destacar que un proyecto para reformar el Código Penal mantiene la prohibición de libertad condicional para reincidentes, a menos que hayan cumplido 35 años de prisión, o 40 en caso de multirreincidencia, tal como establece la ley 26.200.
Esta disposición refuerza la postura de la Justicia de Córdoba y asegura que Jorge Marcelino Chávez continuará cumpliendo su condena tras las rejas.