Un juzgado civil de Córdoba ordenó que la empresa Caminos de las Sierras indemnice a la familia de una adolescente que murió en un accidente vial ocurrido en la ruta provincial E-55, en el año 2018.
El fallo, que se conoció en las últimas horas, destaca la responsabilidad de la concesionaria por el mal estado de la vía, que provocó el “efecto de hidroplaneo” que derivó en el siniestro fatal.
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El hecho ocurrió cuando el vehículo en el que viajaba la joven perdió el control al pasar por un sector anegado cerca del cantero central, lo que hizo que el auto patinara sobre el agua acumulada.
La víctima falleció en el acto. El coche era conducido por el novio de la adolescente, quien también fue incluido entre los beneficiarios del resarcimiento.
Fallo con perspectiva de consumo
El juez Gustavo Andrés Massano, del Juzgado en lo Civil y Comercial de 51° Nominación, hizo lugar a la demanda contra la empresa y ordenó el resarcimiento económico a los padres, abuelos, hermanos, el novio de la víctima y una progenitora afín.

Según la sentencia, existía una relación de consumo entre la concesionaria y los usuarios de la ruta, lo que implica obligaciones de seguridad, cooperación e información por parte de la empresa. El juez fundamentó que el anegamiento fue producto de la falta de mantenimiento de los desagües, una tarea que estaba a cargo de Caminos de las Sierras y que fue incumplida según el Reglamento de Explotación de Concesiones Viales (Resolución SSOSP n.º 41/91).
Este fallo marca un precedente relevante, al extender la responsabilidad civil de las concesionarias viales en situaciones donde la infraestructura en mal estado genera condiciones de riesgo para los conductores, incluso en accidentes que podrían parecer fortuitos.