Una pareja que regresaba a Córdoba desde Madrid experimentó una serie de inconvenientes: el vuelo sufrió una demora de más de ocho horas, y el equipaje tardó tres días en ser entregado.
A pesar de contar con un seguro de asistencia al viajero de Axa Assistance Argentina S.A., contratado a través de su tarjeta Mastercard Black, la empresa se negó a reconocer el resarcimiento.
El caso llegó a los tribunales, y el Juzgado Civil y Comercial de 4° Nominación de Córdoba dictaminó a favor de los damnificados. La jueza Gisela Cafure determinó que la aseguradora no cumplió con su obligación de proporcionar información clara y completa a los beneficiarios del seguro.
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Además, señaló que el contrato no especificaba las exclusiones y podía ser modificado unilateralmente por la empresa. El fallo también destacó que tanto la demora del vuelo como la pérdida del equipaje estaban cubiertas por la póliza, rechazando el argumento de la aseguradora sobre la exclusión del “regreso al país de residencia”.
La jueza enfatizó la importancia de que las empresas detallen claramente las cláusulas del contrato para proteger la buena fe de los consumidores. Como resultado, la aseguradora fue condenada a indemnizar a la pareja, estableciendo un precedente importante para casos similares.