El verano estalla en Córdoba y miles de turistas se acercan o planean su viaje a la provincia para disfrutar de las sierras, ríos, lagos y demás bellezas naturales que ofrece.
Entre las consideraciones a tener en cuenta a la hora de circular en auto por las rutas cordobesas, aparecen diferentes dudas para los conductores en torno a las leyes de tránsito que la Policía Caminera se encarga de hacer cumplir.
+ MIRÁ MÁS: Luces diurnas y multas: qué dice la Caminera sobre la iluminación de los autos
Uno de los aspectos a tener en cuenta compete a las luces bajas, cuyo encendido obligatorio muchas veces no es tenido en cuenta para los visitantes de otras provincias, ya sea por desconocimiento o por falta de costumbre.
La advertencia es clara: es obligatorio circular con las luces bajas encendidas, tanto de día como de noche, sin importar la cantidad de luz natural o las condiciones de visibilidad. Pero también surge el siguiente interrogante: ¿Qué pasa si la Caminera me para por un foco que se quemó mientras circulaba? ¿Corresponde multa o puedo cambiar la luz quemada por el repuesto, en caso de tenerlo a mano, y continuar sin ser multado?

En diálogo con ElDoce.tv, desde Policía Caminera aclararon que la Ley Provincial de Tránsito, en su artículo 74, explica que el uso de luces bajas es obligatorio “durante todo el día”.
“Los agentes constatan la infracción del foco quemado y es competencia del juez de faltas determinar la multa. Le corresponde al conductor hacer el descargo y explicar la situación de la quemadura del foco y del posterior reemplazo por el repuesto. A partir de allí, el juez considerará si habilita el pago voluntario de la sanción o si, directamente, desestima la infracción”, argumentaron.

