En la última sesión del año, la Legislatura de Córdoba aprobó este lunes una serie de reformas a la Ley de Tránsito Provincial 8.560, en un proyecto impulsado por el oficialismo y que contó con el respaldo de legisladores opositores.
Según se explicó, la iniciativa, elaborada desde la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito del Ministerio de Seguridad, recogió recomendaciones de la Fundación Bloomberg, especialistas en seguridad vial y propuestas de distintos bloques legislativos.
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Entre los puntos más destacados se encuentran modificaciones que buscan endurecer las sanciones para infracciones graves, incorporar tecnología en los controles y sumar alternativas educativas y de trabajo comunitario para los infractores.
Luces diurnas
Se modificó el artículo 74 para permitir el uso de luces diurnas de circulación (DRL o LDC) durante el día en rutas y autovías de la provincia, siempre que automáticamente se encienda la luz de posición trasera.
Tras la aprobación, desde la Unicameral señalaron que “la ley establece que todos los vehículos que circulen en rutas nacionales y provinciales, a cualquier hora del día, en trazos interurbanos, en túneles y en los demás tramos de vía señalizados con la indicación de uso obligatorio de luz baja, deberán llevarlas encendidas y en correcto funcionamiento“.

Sanciones más duras para infracciones graves
El artículo 115 ahora contempla penas más severas para quienes circulen sin seguro obligatorio, excedan los límites de velocidad, realicen adelantamientos prohibidos, sobrepasen el peso o las dimensiones permitidas en vehículos de transporte, conduzcan estando inhabilitados, se den a la fuga tras un siniestro vial, contaminen el ambiente o manejen de forma negligente o temeraria.
En tanto que la modificación del artículo 108 habilita el uso de actas digitales y la constatación de hechos por medios remotos y digitales. Esto permitirá incorporar infraestructura tecnológica y dispositivos electrónicos como medios de prueba, reduciendo el uso de papel y modernizando el sistema de control.
Trabajo comunitario y cursos obligatorios como sanción
El artículo 121 sumó el trabajo comunitario en dependencias oficiales, municipales o instituciones de bien público como método de sanción para infractores. También se podrá exigir la asistencia a cursos, talleres educativos o programas terapéuticos y de orientación, excluyendo juzgados y dependencias policiales.
Reiterancia: agravantes para infractores reincidentes
Se creó el artículo 121 bis, que incorpora la figura de la reiterancia. Esto habilita a la autoridad a considerar la reincidencia como un agravante, incluso antes de que quede firme la resolución sancionatoria de la infracción anterior.

Con estos cambios, la provincia de Córdoba apunta a mejorar la seguridad vial, endurecer el castigo a las conductas más peligrosas y sumar herramientas tecnológicas y educativas para prevenir accidentes y reducir la reincidencia en las infracciones.
El proyecto compatibilizado incluyó las iniciativas de la legisladora Nadia Fernández, el Bloque del Pro y la correspondiente a los legisladores Inés Contrera, Carlos Carignano, Nancy Almada, Matías Gvozdenovich, Ariela Szpanin, Miguel Bottasso, José Bría, Mauricio Jaimes, Víctor Molina, Lucas Valiente y Rodrigo Agrelo.



