La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó el calendario oficial de vencimientos para enero de 2026. El organismo publicó las fechas límite para que monotributistas, autónomos, empleadores y responsables inscriptos en el IVA cumplan con sus obligaciones fiscales y previsionales.
Desde ARCA remarcaron que no respetar los plazos puede derivar en intereses, multas y sanciones administrativas, lo que impacta directamente en la situación fiscal de cada contribuyente.
El cronograma de vencimientos de enero 2026 incluye a:
- Trabajadores autónomos
- Monotributistas
- Empleadores
- Empleadores de casas particulares
- Responsables inscriptos en el IVA
Cada grupo tiene fechas específicas para presentar declaraciones juradas y pagar los importes correspondientes.
Vencimientos de enero 2026: uno por uno
Trabajadores autónomos
El pago mensual vence según la terminación del CUIT:
- 0, 1, 2 y 3: lunes 5 de enero
- 4, 5 y 6: martes 6 de enero
- 7, 8 y 9: miércoles 7 de enero
Empleadores (Sistema Único de la Seguridad Social – SUSS)
La presentación y el pago de la declaración jurada vencen según CUIT:
- 0, 1, 2 y 3: viernes 9 de enero
- 4, 5 y 6: lunes 12 de enero
- 7, 8 y 9: martes 13 de enero
Trabajadores de casas particulares
- Pago obligatorio (Formulario 102/RT): lunes 12 de enero para todas las terminaciones de CUIT. La cuota corresponde a diciembre e incluye los valores actualizados definidos por ARCA.
- Pago voluntario (Formulario 575/RT): jueves 15 de enero, sin distinción por CUIT.
Responsables inscriptos en el IVA
La presentación y el pago de la declaración jurada, junto con el Libro de IVA Digital, se extienden entre el lunes 19 y el viernes 23 de enero, de acuerdo con la terminación del CUIT. Desde ARCA recomendaron anticipar el trámite para evitar demoras en el sistema.
Monotributistas
- Cuota mensual: martes 20 de enero de 2026. El vencimiento es único y no depende del número de CUIT.
Qué pasa si no se cumplen los vencimientos
ARCA advirtió que el incumplimiento de las fechas previstas puede generar intereses, multas y sanciones administrativas. Por eso, es clave que cada contribuyente revise el calendario y cumpla en tiempo y forma para evitar complicaciones fiscales.



