La Justicia de Córdoba resolvió que una adolescente de 14 años continúe siendo hija legal del exesposo de su madre, pese a que se comprobó que no es su padre biológico.
El caso tiene una historia particular. El hombre y la mujer estuvieron casados entre 2004 y 2011 y, aunque luego se separaron, mantuvieron encuentros ocasionales. En ese contexto, en 2012 nació la niña, quien fue inscripta como hija del entonces marido, ya que el vínculo legal aún existía.
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Durante más de una década, el hombre cumplió con su rol: pagó la cuota alimentaria y ejerció la paternidad. Sin embargo, en 2024 decidió impugnar la filiación, solicitó un ADN y sostuvo que tenía dudas sobre su paternidad.
El juez Gabriel Tavip rechazó el planteo por considerar que fue presentado fuera de los plazos legales. Además, determinó que el hombre ya conocía desde 2016 que no era el padre biológico, ya que había participado de un estudio genético que así lo indicaba. Para el magistrado, no se trató de un desconocimiento reciente, sino de una situación que fue ocultada durante años.
El peso del vínculo construido
Uno de los puntos clave del fallo fue la “posesión de estado de hija”, es decir, el vínculo afectivo y social consolidado entre la adolescente y su padre legal. El juez remarcó que la joven se identifica con su apellido y se considera hija de ese hombre, más allá de la falta de vínculo biológico. En ese sentido, sostuvo que modificar esa realidad implicaría afectar su identidad y sus derechos.
En la resolución, el juez también cuestionó a ambos adultos por haber ocultado durante años la verdad biológica a la adolescente. Señaló que durante casi una década sabían la situación y no la informaron, lo que consideró una conducta irresponsable que afectó el derecho a la identidad de la joven.
Más allá de la decisión, la Justicia dejó en claro que la adolescente podrá, si así lo desea, iniciar en cualquier momento un proceso para determinar su filiación biológica. Incluso, se dispuso una instancia con profesionales para que la joven sea informada adecuadamente sobre sus derechos y las opciones disponibles.
De esta manera, el fallo priorizó el vínculo construido a lo largo del tiempo, sin dejar de resguardar el derecho de la adolescente a conocer y, eventualmente, redefinir su identidad biológica.



