El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó la condena contra Germán Facchín, exintendente de Deán Funes, por la matanza de 211 perros ocurrida en abril de 2013. La Cámara Octava del Crimen de Córdoba le había impuesto una pena de cuatro años de prisión al considerarlo instigador.
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La resolución también mantiene las condenas contra cinco empleados municipales: Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas. Para ellos se establecieron penas de tres años de prisión en suspenso.
Facchín había llegado al juicio en libertad y la sentencia dispuso que continuara en esa condición hasta que la condena quedara firme. Con la revisión favorable del TSJ existe ahora un “doble conforme”, ya que el fallo fue dictado por un tribunal de juicio y posteriormente confirmado por el máximo tribunal provincial.
La condena, a un paso de ser ejecutada
Las defensas todavía pueden intentar llegar a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario federal. Si fuera rechazado, podrían presentar una queja ante el máximo tribunal nacional.
Sin embargo, según la información aportada, esa queja no tiene efecto suspensivo. En ese escenario, la Cámara Octava quedaría en condiciones de ejecutar la condena contra Facchín y ordenar su ingreso a prisión.

El abogado querellante Pedro Despouy habló con Telenoche después de conocerse la decisión. “La Cámara Octava lo acusa de ser el instigador de la matanza de perros, gatos, pájaros y de la intoxicación de un niño, que tuvo que ser trasladado de urgencia a Córdoba. La salud pública también estuvo comprometida, además de la vida de estos animales”, sostuvo.
La matanza de animales en Deán Funes
El caso se remonta a la madrugada del 28 de abril de 2013, cuando empleados municipales repartieron albóndigas de carne con veneno. Como consecuencia, murieron 211 perros.
Durante el juicio, la magnitud y simultaneidad del operativo fueron consideradas indicios de una acción organizada. La sentencia tuvo en cuenta el uso de vehículos oficiales, la actividad de inspectores, testimonios vinculados con la organización del personal y otros elementos analizados en conjunto.
El tribunal consideró acreditada la intervención de los cinco empleados municipales. Respecto de Facchín, sostuvo que su posición dentro de la estructura municipal le permitía disponer de personal y medios materiales, y que los inspectores dependían funcionalmente del área bajo su conducción.
La defensa cuestionó distintos elementos utilizados para sostener la acusación, entre ellos los horarios, los vehículos, los testimonios, la identificación de los autores y la manipulación del veneno. También planteó la posible participación de otros vehículos en el episodio.



