La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los lotes de una lavandina que se ofrecía incluso a través de plataformas de comercio electrónico.
La medida alcanza al producto identificado como “AGUA LAVANDINA. 656 Profesional. CONCENTRADA AL 60%” y fue formalizada mediante la Disposición 6539/2026 publicada en el Boletín Oficial.
La investigación comenzó a partir de la consulta de un particular que alertó sobre la venta del producto. Tras las verificaciones, el organismo constató que no estaba inscripto ante la ANMAT. Además, tampoco pudo determinar qué planta o establecimiento habilitado era responsable de su elaboración.
La falta de registros impide comprobar en qué condiciones fue fabricada la lavandina y si cumplió con los controles sanitarios exigidos para este tipo de productos.
+ MIRÁ MÁS: Los delató un rastro de sangre tras intentar robar en una metalúrgica: tres detenidos
Durante el expediente, la autoridad sanitaria también envió una notificación al domicilio de la firma que aparecía vinculada con el artículo en redes sociales, aunque no obtuvo respuesta.
La provincia de Buenos Aires, por su parte, informó que tampoco tenía registros del producto dentro de su jurisdicción.
Ante la imposibilidad de acreditar su origen, fabricación y fiscalización, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó prohibir su circulación como medida preventiva.
La firma involucrada será notificada y podrá presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días hábiles administrativos o uno de alzada dentro de los 30 días hábiles administrativos. También podrá iniciar una acción judicial dentro de los 180 días hábiles judiciales posteriores a la notificación.



