La Cámara Criminal y Correccional de 2° Nominación de Bell Ville condenó a 18 años de prisión a David Jesús Rivero por el violento robo domiciliario que terminó con la muerte de Norberto Paulino Martella, un hombre de 84 años conocido en Corral de Bustos-Ifflinger por su trabajo como calesitero.
El hecho ocurrió el 30 de junio de 2024, minutos antes de las 8:30. Según se estableció en el juicio, Rivero ingresó junto a un cómplice que no fue identificado a la vivienda de Martella después de superar dos portones cerrados con candado.
Los asaltantes esperaron escondidos en el patio trasero hasta que el hombre abrió la puerta de la cocina. Entonces lo redujeron, lo maniataron, lo amordazaron y lo golpearon con su propio bastón. Martella sufrió un grave deterioro de salud y murió ese mismo día después de un paro cardiorrespiratorio.
En la sentencia, los jueces remarcaron que existió una relación directa entre la violencia del robo y la muerte de la víctima.

“En el caso, la vinculación entre el robo y la muerte de Norberto Paulino Martella es directa”, sostuvo el tribunal. Y agregó que las lesiones desencadenaron una insuficiencia cardiorrespiratoria asociada al estrés y a los traumatismos sufridos.
El camarista Roberto Couretot señaló que fueron “los golpes, la reducción, la atadura, la mordaza y la situación de estrés extremo a que fue sometida una persona de 84 años” los que pusieron en marcha el proceso que terminó con su muerte.
Para definir la pena, el tribunal también tuvo en cuenta la vulnerabilidad de Martella y el nivel de violencia utilizado.
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La sentencia señaló que el hombre fue atado de las manos por detrás de la espalda a la cama, amordazado con dos bufandas y con los ojos vendados. Quedó en esas condiciones hasta que fue encontrado por un sobrino.
“Ese plus de sufrimiento excedió ampliamente la violencia necesaria para consumar el despojo”, expresó Couretot al justificar que esa circunstancia fuera considerada como agravante.
Una condena basada en una cadena de indicios
El tribunal también respaldó el valor de la prueba indiciaria para fundamentar la condena. En la escena no se encontraron huellas dactilares ni perfiles genéticos que vincularan directamente a Rivero, pero los jueces consideraron que existía una sucesión de indicios graves, precisos y concordantes.
Entre ellos fueron determinantes los testimonios de personas a quienes, según la sentencia, el propio acusado les había contado detalles del asalto.
También se tuvieron en cuenta las coincidencias entre su vestimenta y las imágenes captadas por cámaras de seguridad, además de otros hechos delictivos atribuidos al acusado en la misma zona.



