El que no le revisó el celular a su pareja que tire la primera piedra. Muchos van a bajar la cabeza y admitir que sí lo hicieron, pero seguramente nunca imaginaron que incurrieron en un delito federal.
Aunque usted no lo crea, así lo determinó la Corte Suprema de Justicia. Aquella persona que espíe el Facebook, correo electrónico o la lista de contactos del teléfono celular a su pareja, deberá darles explicaciones a la Justicia.
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El máximo tribunal tomó la decisión luego de resolver una cuestión de competencia entre dos tribunales que pugnaban por un expediente en el que una mujer denunció a su ex por celotipia, es decir, celos enfermizos.
“Su expareja habría ingresado a su usuario de la red social Facebook y en su correo electrónico gratuito, y además habría obtenido, presumiblemente, los datos de sus contactos del teléfono celular y copiado su tarjeta SIM”, explicaron tras el fallo de la Corte.
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El procurador fiscal ante la Corte, Eduardo Casal replicó que "el usuario de la red social y el correo electrónico constituyen una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido, cuyo acceso sólo es posible a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones". En ese sentido, expresó que se trata de interés nacional.