Un fallo judicial sacudió este martes la causa por presunto abuso sexual que involucraba a cuatro ex jugadores de Vélez Sarsfield. El juez Augusto José Paz Almonacid resolvió sobreseer a Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla, quienes estaban imputados desde marzo de 2024 tras la denuncia de una joven tucumana.
La decisión marcó un giro en una investigación que llevaba casi dos años en trámite. Según el magistrado, “el hecho no constituye delito”, por lo que dispuso el cierre del proceso penal en esta instancia.
El juez Almonacid basó su resolución en la valoración de pruebas digitales, especialmente los chats extraídos de los teléfonos de testigos cercanos a la denunciante. Además, rechazó el pedido de la joven para anular las pericias realizadas sobre esos celulares.

Sin embargo, la querella, representada por los abogados Patricia Neme y Alejandro Char, anticipó que apelará la decisión. En diálogo con TN, Neme sostuvo que el juez “valoró solo una prueba de teléfonos de las testigos” y que “no tomó en cuenta las pruebas aportadas por la víctima”.
Entre los elementos que, según la querella, no fueron incorporados al análisis judicial, figuran pericias médicas y biológicas, evidencia digital, registros de comunicaciones y testimonios. Los abogados remarcaron que estos elementos debieron ser debatidos en un juicio oral, con participación de peritos y posibilidad de contraexamen.
La abogada de la denunciante subrayó que el sobreseimiento “no implica una declaración de inocencia”, sino una decisión procesal que podrá ser revisada por instancias superiores. Además, consideró que la resolución es “prematura” y que “no se alcanzó el estándar legal de certeza negativa exigido para un sobreseimiento”.
La querella también reclamó que el tratamiento del caso debe ajustarse a los estándares de la Ley 27.732 de Protección de Víctimas y la Ley 26.485, que obligan al Estado a garantizar investigaciones efectivas en casos de violencia sexual y a evitar cierres anticipados que puedan implicar revictimización o violencia institucional.
Con el fallo de Almonacid, el proceso penal quedó cerrado en esta instancia, pero la querella ya confirmó que impugnará la resolución y buscará que el caso sea revisado por la Cámara. El debate sobre la valoración de pruebas y el alcance de los derechos de las víctimas promete seguir en el centro de la escena judicial.






