Como respuesta a los hechos violentos de los últimos tiempos, el gobierno busca parar con los desmanes que ocurren en las canchas. La muerte del hincha de Belgrano, ocurrida en el último clásico cordobés, parece haber disparado la implementación de esta nueva política de prevención.
Las resoluciones 354-E/2017 y 355-E/2017, del Ministerio de Seguridad de la Nación, establecen que Argentina debe adaptarse a "los estándares internacionales de seguridad en espectáculos deportivos". Para ello, menciona una serie de obligaciones que deben cumplir los clubes, que van desde la adecuación en infraestructura de los estadios hasta el tratamiento que debe dispensarse a los violentos en el deporte.
El cambio más significativo es que, a partir de ahora, la lista de admisión las elaborará el gobierno.
Entre los puntos definidos en el reglamento, se destacan los siguientes:
- Para los partidos de "alto riesgo" se deberá:
- Comunicarlo a los organismos públicos con una antelación no menor a diez días.
- Hacer un estricto control de ingreso.
- Separar a las hinchadas rivales.
- Implementar un sistema de ventas de entradas seguro.
- Los clubes deben informar a las autoridades todo lo que refiera a miembros, organización, logística y ubicación de hinchas, en especial los de filiales y barras bravas.
- Los organizadores deben solicitar la identificación, con presentación de documento, a quién compre una entrada.
- La Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos debe comunicar "la nómina de personas con restricción de concurrencia a las jurisdicciones locales y al organizador".
- El ingreso puede prohibirse a las personas que:
- Estén en proceso o hayan sido condenadas por violar la ley de espectáculos deportivos, tanto en el país como en el exterior.
- Fueran condenadas por delitos dolosos con pena de 3 años o mayor tiempo.
- Fuesen sancionadas por alguna contravención relacionada a algún evento deportivo.
- Hubieran tenido conductas violentas o entorpecedoras en entrenamientos, concentraciones o partidos.
- La prohibición de concurrencia será de 6 meses a dos años, duplicándose en el caso de reincidencia.
- Los dirigentes no deben alentar, subvencionar ni tratar con barras bravas.
- Los menores de 16 años deberán ir acompañdos por algún mayor.
- Las banderas en los estadios, que tienen que medir 1,5 x 1 mts como máximo, no pueden tener mensajes ofensivos ni discriminatorios.
Compartimos el reglamento completo, publicado en el Boletín Oficial: