La denominada "ley de nietos" o "ley de memoria democrática" prevé beneficiar a unas 250 mil personas que la ciudadanía española. Luego de entrar en vigencia el pasado 21 de octubre, en Córdoba habilitaron durante la última semana un sistema de turnos para realizar la gestión.
El Consulado General de España explicó que la presentación de expedientes será presencial y personal. "No se permitirá la entrada de abogados, representantes o acompañantes", remarcó el organismo.
Para la solicitud de turnos, puso a disposición el correo electrónico cog.cordoba.lmdsol@maec.es. El Consultado precisó que la documentación requerida debe estar escaneada y remitida en un único documento PDF.
El mensaje debe contener la siguiente información:
- Asunto del mail: CITAS LMD.
- En el cuerpo del mail, completar los siguientes datos: nombre, primer apellido y segundo apellido, todo escrito en mayúscula; número de DNI argentino (con puntos).
"Para atender el alto volumen de solicitudes de manera ágil y eficaz, este sistema está totalmente automatizado por lo que la redacción del correo electrónico deberá cumplir estrictamente con los requisitos e indicaciones explicadas en la web", recalcó el Consulado español en Córdoba.
Por otro lado, aclararon que "todas las citas son gratuitas y no es necesario recurrir a ningún gestor o intermediario para realizar cualquier trámite".
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La ley sancionada por el Congreso español prevé que los argentinos o cualquier persona de otra nacionalidad que acredite que su abuelo salió de España por razones políticas, ideológicas, raciales o de género, pueda tramitar la ciudadanía. Hasta el momento, solo podían solicitarla los hijos de españoles.
Quiénes pueden acceder
La ley especificó las condiciones para tramitar la ciudadanía:
- Todas aquellas personas nacidas fuera de España, que tengan padres, madres, abuelas o abuelos exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1978.
- Hijos e hijas mayores de edad de españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen por derecho de opción a través de la Ley de Memoria Histórica.