El Programa de Atención Médica Integral (Pami) recortó el reintegro total en medicamentos. De este modo los jubilados que no pueden pagar sus remedios para el tratamiento de enfermedades crónicas y agudas deberán gestionar un subsidio social para continuar con la cobertura del 100%.
Dicho trámite se puede hacer de manera presencial en cualquier agencia del Pami previo turno online o desde el celular, tablet o computadora a través de la página del Pami.
+ MIRÁ MÁS: Confirmaron hasta qué día se puede usar el Boleto Educativo Gratuito en Córdoba
Después de conocer la medida jubilados manifestaron su angustia por la falta de dinero para costear los medicamentos y también se quejaron de las demoras en la atención. Incluso un hombre se roció con nafta y amenazó con prenderse fuego en la sede del Pami de Córdoba.
Ante los reclamos la obra social difundió un instructivo con el paso a paso para el trámite web. Además, en la sede de Córdoba agregaron más empleados en la atención personalizada.
El paso a paso del trámite online
- Ingresar a pami.org.ar y seleccionar la sección de “Trámites Web”.
- En la solapa medicamentos elegir la opción “Medicamentos sin cargo por subsidio social”
- Leer atentamente la información y al final de la página hacer click en “Iniciar este trámite web”.
- En motivo presionar “Seleccionar el servicio”.
- Ingresar número de afiliación, número de DNI y número de trámite del último DNI y seleccionar continuar.
- En el formulario de contacto completar con los datos del afiliado o familiar y hacer click en siguiente.
- Leer atentamente los requisitos y en caso de cumplirlos presionar “Sí, continuar”.
- Llenar un breve cuestionario. En caso de tener la receta en formato papel cargarla. En comentarios (opcional) se puede escribir los medicamentos solicitados.
- Revisar los datos y presionar enviar.
- Anotar el número de caso que aparece en pantalla.
Requisitos para hacer el subsidio social
Cabe recordar que los jubilados de desean gestionar el trámite deberán cumplir con una serie de condiciones:
- Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- No estar afiliado a una prepaga.
- No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
- No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
- De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.