A partir de este viernes, los comercios y prestadores de servicios en Argentina tendrán la opción de exhibir precios en dólares o en otras monedas extranjeras, además del peso.
Así lo dispuso la Secretaría de Comercio a través de una resolución en el Boletín Oficial después del anticipo de este jueves a la tarde del ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo.
La normativa indica que los precios en dólares deberán ser claros, visibles y coincidir con el importe final que se cobra en caja. Además, será obligatorio indicar el valor por unidad de medida, para garantizar la transparencia en las transacciones.
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Fuentes del Gobierno aclararon a La Nación que la resolución no establece qué tipo de cambio tendrán que usar los comerciantes “justamente para que haya libertad a optar por exhibir precios de los bienes comercializados solo en pesos o también en dólares u otra moneda, al precio que ellos determinen”.
“Deberá informarse en caracteres tipográficos menores a los utilizados para la exhibición del precio final, el importe neto sin la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los demás impuestos nacionales indirectos que impacten en los precios, acompañado de la leyenda ‘Precio sin impuestos nacionales’”, señala otro artículo de la normativa. Esto empezará a regir el 1° de abril.
Cómo funcionará el sistema
- No obligatorio: los comerciantes podrán optar si muestran precios en dólares o no.
- Doble etiquetado: los valores deberán figurar en pesos y, opcionalmente, en dólares, con igual relevancia visual.
- Aplicación gradual: la medida apunta primero a rubros como vehículos, inmuebles y productos de lujo, tradicionalmente dolarizados.