Las beneficiarias de la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE) tendrán un cambio importante en los trámites de Anses desde el 1° de noviembre. A partir de esa fecha, ya no será necesario presentar documentación en papel para cobrar el porcentaje retenido del beneficio cuando el organismo pueda comprobar automáticamente los controles médicos realizados.
La modificación fue establecida mediante la resolución 297, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y se suma a una medida similar anunciada para los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
El nuevo procedimiento busca reducir las gestiones presenciales y facilitar el acceso al 20% de la asignación que Anses retiene durante el embarazo. Ese dinero se liquida una vez finalizada la gestación, siempre que se hayan acreditado los requisitos correspondientes.
La principal diferencia será que los datos podrán llegar directamente al organismo previsional a través del Ministerio de Salud, sin necesidad de que cada beneficiaria presente el formulario de manera presencial.

Cómo funcionará el nuevo trámite de la Asignación por Embarazo
Hasta ahora, las titulares debían estar inscriptas en el Programa Sumar+, realizar los controles médicos de seguimiento del embarazo y completar el formulario PS 2.10, denominado Acreditación de la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Para presentar esa documentación era necesario solicitar un turno y acudir a una oficina de Anses. El trámite podía realizarse dentro de los 12 meses posteriores a la finalización del embarazo.
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Desde noviembre, el organismo recibirá la información de los controles de salud mediante un intercambio de datos oficiales. Si esos registros permiten confirmar que se cumplieron los requisitos, la acreditación se realizará sin necesidad de llevar el formulario.
Qué pasa si Anses no tiene registrados los controles médicos
La nueva modalidad no elimina la posibilidad de presentar documentación cuando la información no esté disponible en los sistemas oficiales.
La resolución establece expresamente:
“El cumplimiento de dichos controles médicos de seguimiento podrá tenerse por acreditado a partir de la información que el Ministerio de Salud remita a esta Administración Nacional de la Seguridad Social; en caso contrario, la persona titular podrá presentar la documentación correspondiente ante Anses y la liquidación se efectuará conforme los procedimientos establecidos”.
De esta manera, las beneficiarias cuyos controles médicos puedan verificarse automáticamente evitarán el trámite presencial, mientras que aquellas cuyos datos no estén disponibles podrán seguir acreditándolos mediante la documentación correspondiente.
El cambio comenzará a aplicarse el 1° de noviembre de 2026 y modificará la manera de gestionar el cobro del 20% acumulado de la Asignación por Embarazo.



