Las restricciones por el avance de la segunda ola del coronavirus afectaron a varios sectores económicos de la provincia de Córdoba. Ante esta situación y, tal como lo anunció el vicegobernador de Córdoba, Manuel Calvo, el pasado viernes, recibirán asistencia.
Desde este martes 1º de junio hasta el 30 del corriente mes podrán inscribirse para acceder a las exenciones fiscales, diferimientos en el pago del servicio de energía eléctrica y ayuda financiera. Para ello, deberán ingresar a la página web del Gobierno de Córdoba.
La medida alcanza a bares y restaurantes; salones de fiesta y discotecas; gimnasios, natatorios y canchas; escuelas de danza, canto y teatro, y academias de idiomas; centros de formación profesional y academias de oficios; cines, autocines, teatros y centros culturales.
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Entre los requisitos, es necesario que rellenen el formulario digital a través de la cuenta de Ciudadano Digital (CiDi) nivel 2. Allí el solicitante tiene que declarar su cuenta bancaria. Además, es importante que esté inscripto en Dirección General de Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos.
Otra de las condiciones es que los monotributista tienen que haber efectuado, al menos, un pago correspondiente al primer trimestre de 2021.
Una por una, las ayudas económicas
Medidas fiscales
*Exención del pago mínimo del Impuesto de Ingresos Brutos para todo el año 2021.
*Eximición de Ingresos Brutos para los meses de mayo, junio, julio y agosto del corriente año.
*Eximición del Impuesto de Sellos hasta diciembre de 2021 sobre contratos de alquiler de hasta 40.500 pesos mensuales.
*Plan de facilidades de pago para deudas vencidas de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) para usuarios comprendidos en la Tarifa 2 hasta mayo de 2021 inclusive, con tasa de financiación del 1 por ciento y hasta 30 cuotas mensuales. El plazo para adherir es hasta septiembre del corriente año y el pago de la primera cuota será en diciembre próximo, con un interés moratorio del 1 por ciento.
*Diferimiento en el pago de las facturas eléctricas que venzan en junio de 2021 hasta diciembre próximo con cero por ciento de interés.
*La reconexión del medidor eléctrico no tendrá costo, en caso de que corresponda o se solicite la baja temporal del servicio.
*Ayudas económicas no reintegrables y por única vez determinadas según la condición fiscal.
Ayudas no reintegrables
Según la condición fiscal, los montos de las ayudas no reintegrables son:
*Monotributo: categorías A, B y C, 30 mil pesos; categorías D, E, F y G, 40 mil pesos; categorías H, I, J y K, 45 mil pesos.
*Responsable inscripto: Declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 que no supere los 250 mil pesos, ayuda de 45 mil pesos; Declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 superior a 250 mil pesos, ayuda de 70 mil pesos.