Luego de la media sanción que dio Diputados hace diez días, este jueves se convirtió en ley el proyecto que exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta 150.000 pesos brutos mensuales y el que establece cambios en el Régimen de Monotributo.
La norma que fue aprobada por el Senado también abarca a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos (sube a ese nivel los pisos a partir de los cuales se tributa).
Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de $98.963.
Con la propuesta de subir el piso del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a 150 mil pesos, 1.267.000 trabajadores y jubilados quedarán exentos del pago de este tributo, que además se reducirá para el 90 por ciento de las empresas.
Específicamente en la provincia de Córdoba dejarán de pagar el impuesto 102.937 empleados y empleadas, jubilados y jubiladas.
Los cambios que se aprobaron
- Piso de ganancias: el proyecto busca fijar en $150.000 brutos el nuevo piso para que los trabajadores, bajo relación de dependencia, comiencen a tributar el impuesto. En el caso de los jubilados ese mínimo equivale a ocho haberes mínimos.
- Aguinaldo: queda exento para los trabajadores y jubilados que perciben menos de $ 150.000 brutos. En total comprende a 1.267.000 trabajadores y jubilados y pensionados.
- Ajuste anual: ese piso de $150.000 se ajusta anualmente por la variación del RIPTE (índice de salarios formales que elabora la Secretaría de Seguridad Social).
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- Vigencia: la vigencia del proyecto será retroactiva al 1º de enero de 2021. Significa que los 1.267.000 trabajadores y jubilados que van a dejar de pagar el impuesto por el nuevo piso de $150.000, con el cobro del sueldo de abril recibirán o les será devuelto lo que pagaron por enero y febrero y paguen por marzo del impuesto a las ganancias.
- Jubilaciones y pensiones: se eleva de 6 a 8 haberes mínimos ($ 164.571,44) el Minino No Imponible (MNI) para las jubilaciones y pensiones, importe que se ajusta automáticamente cada tres meses (marzo, junio, septiembre y diciembre) por la movilidad.
- Otras modificaciones: el personal de Salud seguirá eximido de pagar el impuesto a las Ganancias por guardias u horas extra hasta el mes de septiembre, los gastos de guardería de niñas y niños de hasta tres años no pagarán ganancias hasta un tope anual de $ 67.000, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado (de $ 78.833 a $ 157.666), se permitirá la deducción por concubino, cualquiera fuera su sexo.