Es la controversia que seguramente dominará buena parte de la campaña a la intendencia, una vez resuelta (o no) la interna de Cambiemos: ¿puede Martín Llaryora ser candidato a gobernar la ciudad de Córdoba? ¿Cumple con los requisitos?
Ya se sabe que en principio no podría votarse a sí mismo porque no figura en el padrón provisorio. El cambio de domicilio lo hizo en enero y el voto deberá hacerlo en la ciudad de San Francisco, de la que fue intendente durante dos mandatos.
El artículo 81 de la Carta Orgánica de Córdoba exige "cuatro años de residencia continua e inmediata anterior a la elección". La excepción para quienes ejercen cargos nacionales es clara: Llaryora no recibiría objeciones por su actual condición de diputado, desde diciembre de 2017, lo que le obliga a pasar varios días a la semana en Buenos Aires.
El eje de la controversia serán los poco más de 3 meses de fines de 2015 en los que Llaryora, en aquel entonces vicegobernador electo, reasumió la intendencia de San Francisco para culminar su segundo mandato y cerrar así un ciclo.
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El tema será parte de la artillería con la que desde todos los sectores de Cambiemos y de otros espacios políticos apuntarán contra el postulante que, según las encuestas, medido individualmente aparece hasta ahora con mayor intención de voto.
Los organismos judiciales a los que les tocará intervenir cuando se oficialice la candidatura de Llaryora, algo que ocurriría sobre el cierre del plazo para la inscripción (el 23 de marzo), ya consultan antecedentes.
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