Después de una semana de incertidumbre y de calificar el fallo de la Corte Suprema como "imposible de cumplir", el presidente Alberto Fernández anunció que finalmente lo cumplirá. La confirmación del pago de fondos coparticipables a la Ciudad de Buenos Aires llegó con varios asteriscos que el mandatario repasó en un comunicado en sus redes sociales.
En primer lugar, marcó que "la resolución carece de los fundamentos exigidos a toda decisión judicial" y que resiente "la gestión del Estado Nacional en las provincias argentinas", que se verán "perjudicadas".
Con ese argumento, informó que instruyó "al Procurador del Tesoro" para presentar un recurso de revocatoria "in extremis".
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La intención es revisar la medida cautelar de la Corte, a cuyos jueces recusó. "Habiendo fijado posición sobre la cuestión de fondo al dictar la medida cautelar, han prejuzgado contra el Estado Nacional, perjudicando sus cuentas y afectando los recursos de las 23 provincias argentinas", argumentó al respecto.
Como tercera medida, Fernández solicitó que el Ministerio de Economía, a cargo de Sergio Massa, envíe al Congreso "un proyecto de ley para tratar en sesiones extraordinarias que prevea presupuestariamente los recursos necesarios para hacer posible cumplir la manda judicial".
Bonos
Pese al marcado tono de protesta en el comunicado, el Presidente aclaró que "las decisiones judiciales son obligatorias" y sostuvo que cumplirá con el pago, al menos por el momento, mediante bonos.
"Instruí a la Jefatura de Gabinete para que reasigne los únicos recursos disponibles del ejercicio 2022 y los transfiera a una cuenta del Banco Nación a nombre del GCBA. Se utilizarán bonos TX31 y se los pondrá a disposición del cumplimiento de la medida cautelar que impugnamos", explicó.
Esos bonos, subrayó, "ya fueron aceptados por la Corte para atender la deuda del Estado Nacional con la Provincia de Santa Fe. Siendo así, no habría lesión al derecho concedido a la CABA, a menos que el tribunal crea que existen ciudades de primera y provincias de segunda".
+ El comunicado completo:
El Estado Nacional ha sido notificado de la medida cautelar otorgada por la CSJN a favor de CABA.
Estoy convencido de que la resolución carece de los fundamentos exigidos a toda decisión judicial y por lo tanto está viciada, afecta legítimos derechos de las provincias argentinas y quiebra la igualdad sobre la cual se asienta el federalismo en nuestra Constitución Nacional.
Las políticas públicas que dispone el PEN se aplican en todo el territorio nacional; por lo tanto, si se afectan recursos de la Nación, se verá obviamente resentida la gestión del Estado Nacional en las provincias argentinas y éstas serán perjudicadas.
El actual estado de las cuentas públicas y el respeto que se debe al sistema legal argentino hacen que la resolución dictada por la CSJN, actuando como instancia única, sea hoy una cuestión de imposible cumplimiento.
Ante una decisión cautelar que viola la división de poderes y carece de fundamentación suficiente, como Presidente de la Nación he dispuesto el único remedio posible y razonable en estas circunstancias, hasta que se resuelva la cuestión de fondo o el Congreso dicte una ley.
He instruido al Procurador del Tesoro para presentar un recurso de revocatoria “in extremis” contra la decisión judicial tomada, a fin de que se revise la medida cautelar dispuesta.
Además, he ordenado recusar a los Jueces del máximo tribunal porque, habiendo fijado posición sobre la cuestión de fondo al dictar la medida cautelar, han prejuzgado contra el Estado Nacional, perjudicando sus cuentas y afectando los recursos de las 23 provincias argentinas.
Las decisiones judiciales son obligatorias aun cuando las estime disvaliosas e injustas. Respetuoso del Estado de Derecho buscaré revertir la mala resolución de la CSJN y retomar la senda del federalismo observando y haciendo observar la Constitución como he jurado hacer.
También debo respetar las leyes vigentes. El art. 22 de la ley 23.982 indica que los pagos ordenados al Estado Nacional por orden judicial deben ser previstos en la ley de Presupuesto. Advierto que ni el Presupuesto 2022 ni el 2023, votado por amplia mayoría, prevén estos pagos.
Por eso instruí a la JGM para que reasigne los únicos recursos disponibles del ejercicio 2022 y los transfiera a una cuenta del Banco Nación a nombre del GCBA. Se utilizarán bonos TX31 y se los pondrá a disposición del cumplimiento de la medida cautelar que impugnamos.
Dicha transferencia comprenderá, en bonos, el dinero correspondiente a 90 días de vigencia de la medida cautelar, a la espera del fallo definitivo, o a una ley del Congreso que le asigne a este pago los recursos presupuestarios pertinentes.
Los bonos consignados, ya fueron aceptados por la CSJN para atender la deuda del Estado Nacional con la Provincia de Santa Fe. Siendo así, no habría lesión al derecho concedido a la CABA, a menos que el tribunal crea que existen ciudades de primera y provincias de segunda.
Finalmente, he instruido al MECON para enviar al Congreso un proyecto de ley para tratar en sesiones extraordinarias, que prevea presupuestariamente los recursos necesarios para hacer posible cumplir la manda judicial conforme dispone la Ley 23.982 en su artículo 22.
Dicha norma deberá preservar el sistema federal vigente; no afectar los derechos reconocidos a las provincias argentinas y compensar las pérdidas que esta medida cautelar les produce.