Con el objetivo de aliviar el impacto que tendrá la cuarentena en la economía, el Gobierno Nacional amplió la lista de "actividades esenciales".
El decreto, publicado en el Boletín Oficial, resalta la "necesidad de incorporar actividades y servicios con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas".
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En total, son ocho los rubros que se suman a la lista. Todos los involucrados deberán salir solo para realizar sus trabajos y tramitar el Certificado Único Habilitante una vez que la página funcione correctamente.
Las nuevas actividades permitidas son:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.