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Créditos a tasa cero: los detalles del tramite para poder acceder

Monostributistas y autónomos podrán comenzar a hacer la gestión a partir del lunes 4 de mayo y tendrán tiempo para anotarse hasta el 29.

30 de abril 2020, 09:01hs
Las medidas para enfrentar la crisis por la pandemia.
Las medidas para enfrentar la crisis por la pandemia.
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Este jueves se publicó en el Boletín Oficial una nueva disposición de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) que indica los detalles para acceder al beneficio de los créditos a tasa cero. Se trata de otras de las medidas para enfrentar la crisis económica provocada por el coronavirus.

Se crea el servicio web denominado “Crédito Tasa Cero”, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.

Es un crédito de hasta 150.000 pesos y que empezará a devolverse a partir de octubre, en 12 cuotas sin interés.

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Los interesados deberán ingresar al sitio web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar) con su clave fiscal entre el lunes 4 y el viernes 29 de mayo. El beneficio está destinado a monotributistas, pequeños contribuyentes y trabajadores autónomos que aún no recibieron ninguna asistencia en medio de la pandemia.

Una vez dentro del sitio, habrá que buscar la pestaña “créditos tasa cero” y será el mismo sistema el que informe de manera automática si cumplen o no con los requisitos. En caso de una respuesta positiva, también se indicarán los montos mínimos y máximos que podrán ser solicitados.

Una vez definido y seleccionado el importe deseado, el beneficiario deberá ingresar los datos de una tarjeta de crédito asociada a un banco. En caso de no tener, podrá acceder a una sin costo.

Por último, será el Banco Central el que valide el pedido. Si es aprobado, el dinero será acreditado en la tarjeta de crédito elegida dentro de las siguientes 48 horas.

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Cabe destacar que no podrán acceder al crédito aquellos que sean trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados o que facturen al Estado. Tampoco pueden haber realizado compras en el último mes por más del 80 por ciento de sus ingresos mensuales, ni haber facturado una cifra superior al promedio de la categoría en la que estén registrados en AFIP.

Otra aclaración para aquellos que paguen con débito automático y quieran comenzar a pagar el crédito recién a partir de octubre es que deberán pedir un “Stop Debit” hasta ese mes.

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