La Afip habilitó este lunes las solicitudes para devolver las percepciones del 35 por ciento aplicadas en 2022. El reintegro está disponible para aquellas personas que compraron el cupo de 200 dólares ahorro y para quienes realizaron pagos en el extranjero.
En Arriba Córdoba, el tributarista Sebastián Domínguez dio los detalles sobre el proceso.
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Sobre qué gastos se puede solicitar el reintegro
El dólar ahorro o solidario se compone de la cotización oficial más un recargo del 30 por ciento del impuesto PAÍS y un 35 de Ganancias y Bienes Personales. Este último tributo es el que se reintegra.
Aquellos que compraron el cupo de 200 dólares mensuales en 2022 pueden pedir que se les devuelva ese porcentaje. Lo mismo pasa con quienes realizaron gastos en el extranjero con sus tarjetas de crédito o débito.
Domínguez subrayó que en este último grupo se encuentran quienes compraron pasajes aéreos a otros países o realizaron gastos mediante agencias de turismo para conseguir alojamientos u otro tipo de paquetes.
Quiénes pueden pedir la devolución del 35 por ciento a Afip
Según describió el especialista, el trámite puede ser realizado por dos grupos. Por un lado están los “no contribuyentes”. Esto incluye a las personas que no están inscritas ni en Ganancias ni en Bienes Personales.
También entran en esta categoría los empleados en relación de dependencia que no sufren retenciones. A su vez, aquellos que perciben retenciones pero no están inscriptos en bienes personales también pueden solicitarlo pero solo aplican para una devolución del 25 por ciento.
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Por otro lado están los que sí pagan bienes personales y ganancias. No pueden reclamar la devolución pero pueden descontarlo computando el monto en su declaración jurada.
Finalmente, aquellos que se encuentran en relación de dependencia y perciben retenciones por las cargas mencionadas también pueden acceder a la devolución aunque deben pedirla a su empleador.
Cómo pedir el reintegro de compras en moneda extranjera y dólar ahorro
Para el reintegro, los no contribuyentes deben seguir los siguientes pasos:
1. Ingresar a la web de la Afip mediante la clave fiscal y seleccionar “Mis Aplicaciones Web”. Aquellos que no lo encuentran deben habilitarlo con la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
2. Ingresar al servicio “Devolución de percepciones”. Si no aparece, se debe habilitar con la opción “Mis Servicios”.
3. En la pantalla inicial seleccionar la solapa "Nuevo" y crear una nueva presentación. Indicar el período y hacer una presentación por cada mes en que se practicaron percepciones. Seleccionar las percepciones que correspondan. Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención/percepción, solamente seleccionarlas y pedir su devolución.
4. Presionar “Presentar” y confirmar la operación.
Por su parte, los trabajadores en relación de dependencia que sufran retenciones deben cargar sus gastos a través de su clave fiscal al servicio SiRADIG, llenando el formulario 572 web.
Cuánto tiempo tarda el reintegro
Domínguez catalogó al proceso como “simple pero lento”. “En 2020 el Gobierno tardó cerca de ocho meses para devolver. En 2021, 10 meses. Esto es cuando todo está en orden, si hay inconsistencias, se puede dilatar todavía más”, indicó.
Por último, dijo que en el caso de los empleados en relación de dependencia que pagan ganancias el trámite es más ágil. “El empleado tiene hasta el 31 de marzo para cargar esa información en el formulario 572 web. Después de abril, en el primer pago de sueldo, se le devuelven las percepciones”, detalló.