EN VIVO
Últimas noticias
Actualidad
Política
El Doce y vos
Cuarteteando
Agenda
Show
Deportes
Estadísticas Deportivas
Mundial 2026
Tendencias
Horóscopo
Internacional
Opinión
Quinielas y Loterías

Seguinos en las redes

El DocePolítica

Dólar tarjeta: cómo pedir la devolución de Afip en 5 pasos

El trámite puede realizarse desde esta semana. La lista de requisitos a tener en cuenta.

02 de enero 2024, 14:25hs
La presentación debe completarse mediante la web de Afip.
Seguinos en

Desde este 1 de enero quienes realizaron pagos en moneda extranjera con su tarjeta de crédito y débito durante el 2023 podrán solicitar lo retenido por las percepciones de Ganancias y Bienes Personales.

El 35% de los gastos en dólar tarjeta y dólar ahorro serán reintegrados a aquellos que no estén inscriptos en los tributos mencionados. Cabe recordar que esto incluye a quienes hayan abonado plataformas de streaming o música radicadas en el extranjero y los que usaron los plásticos como medios de pago fuera del país.

+ MIRÁ MÁS: Liberaron un cepo clave del dólar MEP: el beneficio para ahorristas

La devolución será sobre lo abonado entre enero y diciembre del año pasado y la presentación debe completarse a través de la web de Afip.

Cómo solicitar el reintegro de las percepciones al dólar tarjeta

1. Ingresar al sitio web de Afip con la Clave Fiscal correspondiente.

2. En la sección "Mis Aplicaciones Web", elegir la opción "Devolución de percepciones" y seleccionar la opción "Nuevo".

3. Indicar el período fiscal correspondiente y hacer clic en "Continuar".

4. En la pantalla, el contribuyente podrá ver las percepciones registradas en "Mis Retenciones" en el periodo seleccionado. Para continuar, se debe tildar aquellas que solicitan devolución.

5. Por último, seleccionar "Grabar" y luego "Presentar".

Quienes pueden pedir la devolución

El reintegro alcanza a aquellos que:

- No están inscriptos en el impuesto a las Ganancias ni les corresponde anotarse.

- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.

- Están inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.

- Se encuentren inscriptos en bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.

- Trabajen en relación de dependencia y no son pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.

- Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les realizaron la percepción bajo el código 219.

Leé también

Qué día de enero jubilados y pensionados cobran el bono de $55 mil

Duplicaron el monto de AUH: cuándo cobran el aumento

Hasta cuándo rige la devolución del IVA y qué pasaría en 2024

Temas de la nota

dólar ahorroDevoluciónImpuesto a las gananciasbienes personales

Más notas sobre Política

Milei volvió de España y define la salida de Adorni en medio de fuertes presiones internas

Rumores de inminente salida de Adorni y advertencia de Mauricio Macri: “Mantenerlo destruye el cambio”

Investigan a Adorni por compras de videojuegos con tarjetas de empleados públicos

© 2026, TELECOR SACI

Seguinos en las redes

Últimas noticias

  • Llevó a su amiga por primera vez a un baile y su experiencia no fue la esperada
  • Un chico de 21 años murió atropellado por un camión cargado con maní en una ruta de Córdoba
  • Con Messi de suplente, la Selección cierra la fase de grupos ante Jordania en Dallas
  • El camino de Argentina en el Mundial: quiénes podrían ser sus rivales tras los 16avos con Cabo Verde

Secciones

  • Últimas noticias
  • Actualidad
  • Política
  • El Doce y vos
  • Cuarteteando
  • Agenda
  • Show
  • Deportes
  • Estadísticas Deportivas
  • Tendencias
  • Internacional
  • Opinión

Sitios amigos

  • TN
  • eltrece
  • Ciudad Magazine
  • Cucinare

Seguinos en las redes

© 2026, TELECOR SACI

Mapa del sitioTérminos y condicionesComunicadosComercial