A través de un decreto, Alberto Fernández estableció que los cargos en el ámbito público nacional deberán ser ocupados en una proporción "no inferior al uno por ciento", por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias, y en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.
Así lo establece el Decreto 721/2020 publicado este viernes en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de la ministra de Mujeres, Diversidad y Género, Elizabeth Gómez Alcorta.
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La iniciativa del Ejecutivo provocó una respuesta inmediata en las redes sociales donde rápidamente se replicaron los mensajes de festejo por el logro de una de las principales luchas de la comunidad LGBT+.
La decisión se tomó en virtud de "respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos". Además se señala que "el ejercicio de los derechos de las personas travestis, transexuales y transgénero se ve obstaculizado por un patrón sistemático de desigualdad que afecta particularmente a este colectivo desde la niñez".
Punto por punto, los detalles del Decreto:
- Abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen.
- Se deberán reservar puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero.
- Tendrán derechos a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por cuestiones de género.