La Justicia Electoral aclaró por qué no cobrará las multas por no votar en Córdoba
Desde el juzgado aseguraron que no tienen el mecanismo para implementar la sanción económica, pese a que está vigente en el Código Electoral. La explicación oficial.

El domingo 25 de junio Córdoba elegirá gobernador pero, quienes no vayan a votar no recibirán ninguna sanción económica. Pese a que el Código Electoral indica que quienes no emitan su voto y no lo justifiquen deberán pagar un monto de 8.798,70 pesos, equivalente al 10 por ciento del Salario Mínimo, Vital y Móvil, no se aplicará.
El secretario del Juzgado Electoral, Ernesto Torres, explicó a El Doce que el Código Electoral está reglamentado pero no así el procedimiento para cobrar las multas que establece el artículo 148.
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“Por más que el artículo lo diga, no está reglamentado el procedimiento por lo tanto, no se va a aplicar multa alguna”, indicó y sumó: “Nunca se aplicó tampoco, va a seguir sin aplicarse”.
Pese a eso, Torres indicó que sí se podrían aplicar otras sanciones que prevé el Código. “Puede haber otro impedimento administrativo que puede tener la persona que no haya votado”, sostuvo.
Como ejemplos, comentó que podían ser inconvenientes a la hora de sacar un pasaporte o una constancia de DNI.