La Justicia condenó este martes al youtuber Eduardo Miguel Prestofelippo a 30 días de prisión efectiva por hostigamiento y discriminación a la primera dama Fabiola Yáñez. Por motivos de salud y por la pandemia de Covid-19, “El Presto” permanecerá en su domicilio y deberá utilizar una tobillera electrónica. Las redes estallaron en un gran debate al respecto.
Además, el youtuber entrerriano que vive hace muchos años en Córdoba, recibió una orden perimetral y no se podrá acercar a menos de 200 metros de la esposa del presidente. Por otro lado, también tendrá que realizar un taller “de violencia de género y respeto a las mujeres” en el Inadi.
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El caso comenzó con una denuncia por parte de la primera dama y su equipo de abogados, luego de las declaraciones que hizo el joven en su canal de Youtube y Facebook. Por aquel entonces, en el 2020, "El Presto" le había dedicado una fuerte crítica al presidente Alberto Fernández, que involucró a su esposa.
“Si yo el día de mañana en Twitter publico una foto de tu mujer en pelotas, porque las tiene, porque es el pasado de tu mujer, yo termino en cana (...) de última flaco, bancate la mina con la que te acostás, hay que tener pelotas, no te buscaste una mina de su casa, te buscaste una mina que en los grandes canales de televisión no la conocen precisamente por ser primera dama, la conocen por otros prontuarios, déjate de joder Alberto, déjate de joder (sic)”.
En relación a estas declaraciones, la fiscal Daniela Dupuy, encargada de la elevación del juicio, dijo que “Prestofelippo inició una campaña intimidatoria, persecutoria y de desprestigio, la cual se llevó a cabo a través de medios digitales, mediante ataques a su vida íntima y entrometiéndose en aspectos de su vida privada, con total despreocupación en relación a la real afectación que las mismas pueden provocar sobre el nombre y honor de la víctima”.
De esta manera llegó vestido Prestofelippo y algunos de sus seguidores hasta la puerta de tribunales en la Ciudad de Buenos Aires. Con la consigna “Si quieren circo, vamos a darles circo”, el youtuber asistió al proceso judicial vestido como el “dictador de Costa Pobre”, el singular personaje del humorista Alberto Olmedo.
En cuanto a la condena en sí, estos son los artículos específicos que determinaron el fallo en su contra. Según el artículo 68 del Código Contravencional, que establece que “quien discrimina a otro por razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica, o cualquier circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo, es sancionado con dos a diez días de trabajo de utilidad pública o cuatrocientos a dos mil pesos de multa”.
Por otro lado, también fue condenado por hostigamiento. El artículo 71 ter del Código Contravencional penaliza a “quien intimide u hostigue a otro mediante el uso de cualquier medio digital, siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con multa de ciento sesenta a ochocientas unidades fijas, tres a diez días de trabajo de utilidad pública, o uno a cinco días de arresto”.