El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, resolvió hacer lugar a la medida cautelar que presentaron las sociedades rurales de Río Cuarto y de Vicuña Mackenna, la asociación de transportistas de Achiras y el consorcio caminero N° 158, debido a la imposibilidad circular hacia y desde San Luis por decisión del gobierno de esa provincia.
Los abogados Antonio María Hernández y Javier Quiroga, en representación de un grupo de ruralistas y transportistas, habían presentado el recurso judicial para exigir el desbloqueo en las rutas de acceso a San Luis, medida que recibió el visto bueno del juez federal.
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El fallo ordena al “Gobernador de la Provincia de San Luis, que arbitre los medios pertinentes para proceder a la apertura y circulación de la Ruta Nacional Nro. 8, Ruta Provincial Nro. 30 y los respectivos caminos vecinales, que se dan en el límite entre la Provincia de Córdoba y San Luis, siempre y cuando las personas que pretendan transponer dicho límite provincial, posean el certificado único habilitante para circulación-COVID 19”.
El magistrado señala que la decisión del Gobierno de San Luis está “en contradicción con las normas nacionales dictadas en el marco de esta emergencia sanitaria” y “estarían en condiciones de producir un daño concreto a los derechos de los ciudadanos representados por los amparistas, importando un presunto exceso de parte del poder de policía local”. La resolución establece que los bloqueos deben levantarse de forma inmediata.