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Multas por no votar en balotaje: qué pasa si se acumulan infracciones

Los ciudadanos que no asistan a sufragar este 19 de noviembre y no justifiquen la ausencia recibirán una sanción.

19 de noviembre 2023, 10:43hs
La última cita para votar es el 19 de noviembre.
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Este domingo 19 de noviembre, los candidatos Sergio Massa (Unión por la Patria) y Javier Milei (La Libertad Avanza) se enfrentarán en el balotaje. Los ciudadanos argentinos y argentinas decidirán quién será el presidente los siguientes cuatro años.

 + MIRÁ MÁS: Balotaje: indecisos, el peso de Córdoba y los detalles que definen la elección

Pero quienes no asistan a votar y no puedan justificar la ausencia dentro de los 60 días recibirán una penalidad serán sancionados. El artículo 125 de la Código Electoral Nacional establece que la multa es de entre 50 y 500 pesos. 

Qué pasa si acumula infracciones

Desde la Cámara Electoral Nacional informaron las personas que no asistieron a los comicios de las elecciones generales del 22 de octubre tienen tiempo de explicar la no emisión del sufragio hasta el 22 de diciembre. De lo contrario, debe generar la boleta de pago de multa.

En caso de que el ciudadano infractor acumule varias multas por no presentarse a votar en elecciones anteriores, entonces los montos variarán. 

*Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50

*Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100

*Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200

*Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400

*Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500

Cabe aclarar que en caso de que no sean pagadas, el elector no podría realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales durante un año.

A su vez, la Cámara Electoral Nacional lleva un listado por distrito de los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no votaron incluidos en el Registro de Infractores. Esos ciudadanos no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleaos públicos durante tres años a partir de la elección. 

Cómo justificar la no emisión del voto

Aquellos electores que no vayan a votar y tengan un justificativo válido para evitar sanciones, deben ir a la comisaría más cercana con su DNI y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de emitir el sufragio. 

Para no recibir la multa, dicho documento debe presentarse dentro de los 60 días posteriores a la elección en el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.

Para pagar la multa, acceder al sitio web Registro de Infractores. 

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