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La Provincia se diferenció de la Municipalidad y aclaró hasta cuándo rigen las restricciones

El Gobierno provincial aclaró que las disposiciones continuarán vigentes hasta esa fecha y luego definirán los pasos a seguir.

21 de septiembre 2021, 21:38hs
En solo unas horas, la Provincia y la Municipalidad se contradijeron en las medidas.
En solo unas horas, la Provincia y la Municipalidad se contradijeron en las medidas.
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Tras el anuncio de este martes del Gobierno nacional en el cual se liberaron la gran mayoría de restricciones en variadas actividades, incluida la eliminación del uso de barbijos en espacios abiertos, la Provincia lanzó su comunicado sobre el tema y marcó diferencias.

Según lo informado por el Gobierno provincial, en el territorio continuarán las medidas sanitarias hasta el próximo 26 de septiembre, cumpliendo con lo que dice el decreto Nº 1068.

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"Llegada la fecha, el Comité Asesor Científico y la autoridad sanitaria provincial definirán las medidas a adoptarse conforme la realidad sanitaria que los mismos evalúen", agregaron en un breve texto publicado en redes sociales.

El gobierno de la provincia de Córdoba informa que las medidas y disposiciones relacionadas con la pandemia continúan vigentes las establecidas por el decreto Nº 1068 hasta el día 26 de septiembre inclusive, como es de conocimiento público. #Coronavirus

— Gobierno de Córdoba (@gobdecordoba) September 22, 2021

Lo curioso del mensaje divulgado por la Provincia es que se diferencia, primero de Nación, y luego también de la Municipalidad de Córdoba, que apenas unas horas atrás acató todas las flexibilizaciones a partir de este mismo martes 21 de septiembre.

En horas de la siesta, el municipio habilitó diferentes actividades que incluyen reuniones sociales y familiares, eventos masivos y también el tema de los barbijos. Sin embargo, ahora la Provincia aclaró que las medidas de salud continúan vigentes, por lo menos hasta el 26 de septiembre. 

Cuáles son las disposiciones que la Provincia mantiene:

*Circulación nocturna prohibida entre las 00:00 y las 06:00, salvo personal esencial que deberá presentar el certificado de la app CUIDAR.

*Traslado interdepartamental entre las 06:00 y 00:00, contando con la app CUIDAR.

*Hoteles y alojamientos turísticos, bajo la modalidad individual y de grupo familiar, conforme los protocolos que rigen al efecto.

*Viajes turísticos, recreativos o comerciales, en grupos de hasta diez (10) personas.

*Las actividades no esenciales, podrán funcionar entre las nueve (09:00 hs.) y hasta las veinte horas (20:00). Igual horario regirá para los shoppings, las galerías comerciales y otras actividades comerciales.

*Locales gastronómicos (bares y restaurantes), funcionarán hasta las 00:00, en espacios al aire libre, y en espacios cerrados con un aforo de hasta un 50% de su capacidad, siempre con un máximo de cuatro personas por mesa.

*Parques de Diversiones se habilitan bajo Protocolo. Las actividades culturales (cines y teatros), funcionarán con un aforo del cuarenta por ciento (40%). Los museos no podrán superar un aforo del cincuenta por ciento (50%).

*Bingos y casinos, con un aforo de hasta el cuarenta por ciento (40%).

*Reuniones sociales y familiares de hasta diez  personas, respetando los horarios de circulación vigentes.

*Actividades deportivas y competencias.

*Actividades religiosas y de fe estarán permitidas con un aforo del cuarenta por ciento (40%). Si la actividad se realiza al aire libre se permite la participación de un máximo de ochenta (80) personas mientras se desarrolle la actividad litúrgica programada.

*Salones de fiestas con un aforo de hasta el cuarenta por ciento (40%).

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