Desde este lunes 7 de junio, en Córdoba rigen nuevas restricciones para frenar los contagios de coronavirus. Así, son muchos los que no pueden trabajar y ven su futuro en serio riesgo.
En ese marco, el Gobierno provincial amplió la lista de rubros que pueden acceder a ayudas no reintegrables. La inscripción está abierta hasta el 30 de junio en este enlace y pueden anotarse las personas físicas o jurídicas titulares de unidades económicas de las siguientes actividades:
- Transporte escolar
- Cantinas dentro de establecimientos educativos
- Guarderías y jardines maternales
- Producción de espectáculos teatrales y musicales
- Composición y representación de obras teatrales y musicales
- Servicios conexos a la producción de espectáculos teatrales y musicales
- Peluquerías, centros de estética, spa y similares
- Servicios de Museos y preservación de lugares y edificios históricos
- Servicios de entretenimiento.
Días atrás, se había anunciado la misma ayuda para agencias de viajes, transporte especial, bares, confiterías y restaurantes, salones de fiesta, discotecas, gimnasios, natatorios y canchas, escuelas de danza, canto y teatro, academias de idiomas, enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas, cines, autocines y centros culturales, centros de formación profesional y academias de oficios.
En cuanto a los montos, la Provincia informó los detalles según la condición fiscal:
- Monotributo: categorías A, B y C, 30 mil pesos; categorías D, E, F y G, 40 mil pesos; categorías H, I, J y K, 45 mil pesos.
- Responsable inscripto: Declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 que no supere los 250 mil pesos, ayuda de 45 mil pesos; Declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 superior a 250 mil pesos, ayuda de 70 mil pesos.
Además, para estos últimos rubros también se incluye el diferimiento en el pago de las facturas eléctricas que venzan en junio de 2021 hasta diciembre próximo con cero interés. También están alcanzados por el plan de facilidades de pago para deudas vencidas de Epec para usuarios comprendidos en la Tarifa 2 hasta mayo de 2021 inclusive, con tasa de financiación del 1 por ciento y hasta 30 cuotas mensuales. El plazo para adherir es hasta septiembre del 2021 y el pago de la primera cuota será en diciembre próximo, con un interés moratorio del 1 por ciento.
Vale destacar, por último, que todos los rubros se encuentran eximidos del pago del mínimo del Impuesto a los Ingresos Brutos para todo este año.
Los requisitos para acceder a las ayudas:
– Completar el formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)”, disponible en la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba. Para llenar el formulario se deberá ingresar con Ciudadano Digital (CiDi) nivel 2.
– Declarar la cuenta bancaria a nombre del solicitante.
– Estar inscripto en la Dirección General de Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos.
– En el caso de monotributistas, haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021. La evaluación y aprobación de las solicitudes ingresadas será realizada por la Secretaría General de la Gobernación.