Un detalle que no informaron en el comunicado oficial de la Policía fue clave para que la Caminera detecte marihuana en el control preventivo realizado a Pablo Tamagnini en la autopista Córdoba-Carlos Paz en la noche del martes.
El fiscal Raúl Ramírez, a cargo de la Fiscalía Móvil de Lucha contra el Narcotráfico de Carlos Paz, reveló en Noticiero Doce que personal policial “advirtió olor característico de sustancia de marihuana” y por esta razón comenzaron a interrogar al cantante de La Konga, que conducía su camioneta acompañado por su pareja.
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Fue en ese momento en que “el conductor le entregó las cantidades de 8 gramos de marihuana en estado de flor” que tenía en un frasco de mermelada. También secuestraron dos cigarrillos armados que contenían la misma droga.
Ramírez detalló que solicitaron la colaboración de la Fuerza Policial Antinarcotráfico y a través de un test “determinaron la naturaleza de esa sustancia y efectivamente era marihuana en esa cantidad”.
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El fiscal explicó que Pablo Tamagnini no quedó detenido a pesar de que la “tenencia de estupefacientes para consumo personal, que en este caso se infiere de la escasa cantidad, está penalizado por el artículo 14" de la Ley de Tenencia y tráfico de estupefacientes Nº 23.737.
Al advertir que esa era la cantidad de marihuana que tenía en su poder y que a bordo del vehículo iban solo dos personas, consideró que había “claros indicios de que era para consumo personal y así lo manifestó quien entregó voluntariamente la sustancia”.
Por esta razón, aplicó el fallo “Arriola” de la Corte Suprema de Justicia que declara inconstitucional el artículo 14 de la ley y cita el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.
Ante esto, el fiscal Raúl Ramírez remarcó que “es de aplicación conforme de criterios y circunstancias de tiempo, lugar y modo por parte de tribunales menores” y ordenó “el archivo de las actuaciones sin perjuicio de la incautación de la sustancia”. “El señor controlado no es punible por ahora”, cerró.