Sathya Aldana tenía 19 años cuando se quitó la vida en 2019. Cayó en una profunda depresión a causa de años de calvario y sin justicia, pese a las denuncias: su padre, Walter Insaurralde, la abuso sexualmente desde los 8 hasta los 14 años.
El pasado 2 de julio, el hombre fue condenado a prisión perpetua acusado de homicidio con motivo de abuso sexual con acceso carnal calificado, por el vínculo y la convivencia preexistente; en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores de 18 años de edad, doblemente agravada por el vínculo y por el medio intimidatorio.
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Fue un juicio histórico y que sentó precedentes a nivel nacional, ya que nunca se había logrado vincular al abuso sexual con la muerte. A un mes de la sentencia, el Tribunal de la Cámara Tercera dio a conocer los fundamentos de la condena a Insaurralde: en forma directa, vincularon las secuelas psicólogicas que sufrió la víctima causadas por la violación.
Consideraron que "por medio de sus abusos, puso en riesgo la salud psíquica de su hija y su vida, y esa contingencia, conocida por él, se reflejó en los ataques que ella misma le propinó a su cuerpo en un principio, y por último a su vida, con el consabio resultado muerte, ya que finalmente fruto del desorden mental que le produjeron, terminó por dispararse en la cabeza".
Si bien se trató de un suicidio, los camaristas coincidieron en que no se trató de una decisión libre de ella, "sino que provino del comportamiento prohibido de Insaurralde". Además, sostuvieron que sabía había intentado suicidarse y "nada hizo para frenar el martirio por el que transitaba su hija".
"Esos abusos sexuales, provocaron un grave daño psíquico que motivaron, sin duda alguna, las actitudes impulsivas consistentes en varios intentos de autoagresión, hasta que se produjo el desenlace fatal".
También detallaron que se trató de un "homicidio con motivo de abuso sexual" debido a que se produjo una acción dolosa en la que se pretende lesionar a una persona, pero termina por provocar la muerte. Por eso, sostuvieron que la única pena era la prisión perpetua para este tipo de conducta aunque "el homicidio se haya producido de manera voluntaria o dolosa", es decir, aún cuando la muerte fue "ocasionada de manera accidental, por suicidio o por una acción intencional".
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