Luego de conocer la histórica sentencia que sienta jurisprudencia en Córdoba, Alan Amoedo quedó detenido e inmediatamente fue trasladado a la cárcel de Bouwer. Allí cumplirá la condena de nueve años de prisión, aunque podría salir en libertad condicional a los seis años.
Alan Amoedo fue condenado por asesinar a Sol Viñolo y Agustín Burgos, y lesionar gravemente a Fernanda Guardia, al embestirlos en la avenida Circunvalación el 17 de mayo de 2021, cuando conducía borracho y drogado su Volkswagen Vento.
El fallo no tiene precedentes: por primera vez en Córdoba, un conductor que mata al volante fue sentenciado bajo la figura legal de dolo. Amoedo fue declarado autor de homicidio simple con dolo eventual y de lesiones graves con dolo eventual.
“Esta sentencia representa un cambio de paradigma en la Justicia de Córdoba”, coincidieron los abogados penalistas Facundo Pérez Lloveras y Juan Fernández Alé, ante la consulta de El Doce.
Sin embargo, familiares y allegados a las víctimas consideran que la pena podría haber sido más alta, aunque reconocen estar satisfechos con haber logrado revertir la tendencia de los fallos judiciales en Córdoba con hechos de similares características.
Libertad condicional
Amoedo cumplirá la condena en el Establecimiento Penitenciario de Bouwer. Como no estuvo detenido preventivamente durante la investigación ni durante el desarrollo del juicio, los días en la cárcel empezarán a contar desde este 27 de mayo.
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Según el artículo 13 del , el condenado tiene la posibilidad de pedir la libertad condicional luego de haber cumplido dos tercios de la pena, con ciertas condiciones. Es otorgada por el juez de Ejecución si se reúnen las condiciones legales establecidas.
Por lo tanto, si Amoedo cumple con regularidad los reglamentos carcelarios, tiene buena conducta y concepto, desarrolla actividades dentro del establecimiento y cumple con los requisitos establecidos en la condena, podría solicitar la libertad condicional dentro de seis años.
Opiniones
Consultado por El Doce, el penalista Facundo Pérez Lloveras consideró que la sentencia contra Amoedo “es una bisagra” en la Justicia de Córdoba.
“Anteriormente hubo otros casos en Córdoba en los que se solicitaron este tipo de aplicaciones de normas penales vigentes como el Artículo 89 del Código Penal, homicidio simple, pero los jueces no tuvieron el coraje de poder subsumir esos hechos a la norma, como el caso de Franco Morata”, aseguró.
Por su parte, el abogado Juan Fernández Alé dijo que en Córdoba “hace rato que venían sucediendo este tipo de hechos y esta vez los jueces le han puesto el cascabel al gato, como corresponde”.
“Este es un caso que cambia el paradigma en Córdoba. En cada causa donde la droga esté presente, la condena debe ser mucho más severa porque es un mal que debemos erradicar definitivamente de Argentina. No solo por el hecho de estar alcoholizado, sino también haber consumido estupefaciente en la medida que lo hizo esta persona, agrava totalmente la situación”, afirmó.