Si bien no es inédito y desde 2017 se aprueban pedidos similares en Córdoba, la resolución del Juzgado de Familia no deja de ser noticia. Según decidió la jueza Marcela Menta, una pareja podrá tener un hijo mediante "la técnica médica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución".
La magistrada tuvo en cuenta que la pareja "mantiene una relación afectiva desde hace más de once años" y que por "dolencias físicas en la mujer y lesiones quísticas en los ovarios" no pudieron concretar su proyecto de ser padres.
La voluntaria gestante es amiga de la pareja y ya se verificó su "plena capacidad, consentimiento y buena salud física". De hecho, la amistad entre los tres protagonistas fue considerada por la jueza.
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En su resolución, Menta ordenó que "la persona que nazca de la práctica autorizada sea inscripta ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas como hijo de la pareja solicitante" y remarcó "que no tenga vínculo alguno con la gestante".
De todas maneras, el fallo aclara que el derecho a la identidad del niño o niña debe ser garantizado. "En consecuencia, instó a los accionantes para que hagan a conocer a su hijo o hija sus orígenes y realidad gestacional, cuando tenga edad y grado de madurez suficiente", informó el Poder Judicial.
El fallo completo puede leerse en este enlace.