Este martes, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba confirmó la condena a Franco Daniel Carignano a la pena de 14 años de prisión por delitos de contra la integridad sexual.
La sentencia precisa que el acusado contactó, mediante las redes sociales, a varias mujeres (una adulta y las restantes niñas), con la finalidad de atentar contra su identidad sexual.
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De forma remota y anónima, Carignano obtuvo imágenes de contenido sexual de las diversas víctimas. Luego las obligó, por medio de su actuar coactivo, a tomarse fotos desnudas, a efectuarse tocamientos en sus zonas sexuales, como así también a filmarse en diversas poses sexuales.
En todos los casos, los sucesos se desarrollaron a partir del medio virtual, es decir, sin contacto físico del autor con las víctimas, y en un claro contexto de violencia de género, del cual se valió el acusado para desarrollar sus fines delictivos, indicó la Justicia.
Las conductas configuraron el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado en el cual, precisamente, el imputado actuó como autor mediato a partir de la coacción y la instrumentalización de las víctimas mujeres.