La Justifica Federal obligó al Sanatorio Otamendi de la Ciudad de Buenos Aires a suministrar dióxido de cloro, prohibido en Argentina, a un paciente internado en grave estado con coronavirus.
A pesar de que la Sociedad Argentina de Infectología y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) han rechazado el dióxido de cloro por su peligrosidad, el Juez federal subrogante Javier Pico Terrero, hizo lugar al pedido de la familia del paciente Jorge García Rúa para suministrarle dióxido de cloro intravenoso e ibuprofenato de sodio en nebulizaciones.
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"La cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora", señala el fallo judicial.
Todo empezó el 7 de enero, cuando el hijastro del paciente, pidió a la Justicia que el marido de su madre (muerta por coronavirus) recibiera urgente este tratamiento, recomendado por el neurocirujano Dante Converti.
La medida causó repudio en la comunidad científica en general y en los médicos del Otamendi, quienes se movilizaron en contra de la orden del Pico Terrero. "Nos manifestamos haciendo cumplir nuestro juramento hipocrático", decían en un folleto.