La Justicia de Córdoba obliga a un padre a pagar una cuota alimentaria mensual del 120 por ciento del salario mínimo vital y móvil por cada uno de sus tres hijos y, además, abonar todos los gastos educativos, obras sociales, impuestos, expensas del inmueble donde residen con su madre y hasta los servicios esenciales durante seis meses.
El Juzgado de Familia de 8ª Nominación tomó tal determinación al tener en cuenta la “perspectiva de género”. La jueza María Alejandra Mora consideró que durante 20 años de convivencia la mujer sólo se dedicó a realizar las tareas del hogar, mientras que el hombre era la única fuente de ingreso económico.
De esa manera, la Justicia definió que el “rol de cuidadora del hogar y de los hijos” significó para la madre pérdidas de oportunidades y postergación de proyectos laborales y personales. Esa cuestión fue fundamental para resolver el caso.
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“La educación de los niños exige responsabilidad compartida entre hombres y mujeres y la sociedad en su conjunto”, justifica la decisión judicial y critica las “funciones estereotipadas de los distintos géneros”.
Tras la separación la madre se encuentra en una difícil situación económica, en la que comenzó a vender indumentaria de manera informal. Mientras que el padre de los tres hijos (dos menores y un mayor) tiene un buen pasar económico, vivienda en barrio cerrado y vehículos de alta gama. “Se evidencian contextos de desigualdad estructural”, argumentó también la jueza.
Por ello se resolvió que, pese al divorcio, siga siendo él quien solvente los gastos para un desarrollo óptimo de sus hijos y acorde a su realidad económica.