La ligadura de trompas ha estado envuelta en profundo debate en el marco de la Semana para la Prevención del Embarazo Adolescente en América Latina que se celebra del 20 al 26 de septiembre. Legalmente la práctica está permitida desde los 16 años.
Luego de conocer el caso de una joven cordobesa de 22 años que decidió relizarse la cirugía de contracepción, ElDoce.tv dialogó con la doctora de familia Rocío Cruz Álvarez (MP 40905) sobre la intervención y los alcances de la práctica.
La profesional compartió conceptos claves para conocer exactamente de qué se trata, sus distintas modalidades, las implicancias para la salud, riesgos y consecuencias.
Cómo es una ligadura de trompas
La ligadura significa que “se cortan las trompas que conectan al útero con los ovarios y que permiten que el espermatozoide se junte con el óvulo”, explicó. Y precisó: “La cirugía impide que la célula cigoto llegue a las trompas y se implante en el útero”.
La profesional aclaró que tras la intervención “la mujer sigue ovulando todos los meses” con un “período menstrual normal”, lo único que cambia es que “no existe la posibilidad de embarazo”.
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¿Puede llegar a tener alguna consecuencia negativa en el organismo? La respuesta de Álvarez fue un "no" debido a que “no hay repercusión negativa a nivel funcional en el cuerpo. La cirugía no toca otros órganos internos. Tiene los mismos riesgos que cualquier operación: que la herida pueda infectarse, alguna reacción alérgica, entre otros.
“Se hace una consulta médica para evaluar antecedentes de enfermedades. En función de eso se ve si la persona está apta para la cirugía. La mayoría se puede someter sin problema”, afirmó.
Álvarez indicó que hay dos métodos de intervención. El más tradicional o antiguo es a través de una incisión en la parte baja del abdomen. “Se abre muy similar a una cesárea y posteriormente se deben cuidar los puntos”, comparó.
La otra opción es la videolaparoscopía. “Se hacen tres incisiones pequeñas, se introduce una cámara, se infla el abdomen, sin necesidad de una abertura”, explicó la médica especialista. La paciente queda internada al menos un día, dependiendo de su evolución.
Como en casi todas las intervenciones, los primeros días no se debe hacer esfuerzos, actividad física, ni exponer la herida a la suciedad. La doctora señaló que los cuidados posteriores son similares a los de una cesárea.
Reversibilidad
Si bien mencionó que existe una cirugía para volver a unir las trompas, advirtió que “tiene muchas fallas”, lo que lo hace prácticamente irreversible.
Sin embargo, como la mujer sigue conservando sus ovarios y ovulando, podría quedar embarazada artificialmente, a través de una fertilización in vitro, pero no de manera natural.
Qué dice la ley
El artículo 1 de la ley nacional Régimen para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica (26.130) sancionada y promulgada en 2006 establece que: “Toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas denominadas ‘ligadura de trompas de Falopio’ y ‘ligadura de conductos deferentes o vasectomía’ en los servicios del sistema de salud”.
La norma detalla que “no se requiere consentimiento del cónyuge o conviviente ni autorización judicial” excepto en “cuando se tratare de una persona declarada judicialmente incapaz, es requisito ineludible la autorización judicial solicitada por el representante legal de aquella”.
En cuanto al consentimiento informado, el artículo 4 remarca que el profesional médico debe informar a la persona que solicite cualquiera de las dos prácticas sobre:
“a) La naturaleza e implicancias sobre la salud de la práctica a realizar;
b) Las alternativas de utilización de otros anticonceptivos no quirúrgicos autorizados;
c) Las características del procedimiento quirúrgico, sus posibilidades de reversión, sus riesgos y consecuencias.
Debe dejarse constancia en la historia clínica de haber proporcionado dicha información, debidamente conformada por la persona concerniente”.
El Código Civil vigente "reconoce que desde los 16 años las personas pueden tomar de manera autónoma todas las decisiones sobre el cuidado de su cuerpo".
Un derecho
La doctora Álvarez se refirió al debate en las redes sociales, a los prejuicios sobre la práctica y la postura de profesionales a la hora de atender este tipo de pedidos.
“En ningún lado dice que por ser joven no se puede. Legalmente, los médicos que lo nieguen no estarían haciendo lo que dice a la Ley. 26.130, que es muy clara”, sentenció.
Dicha normativa establece que “toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas denominadas ligaduras de trompas de falopio”.
Pese a tener una ley que lo avale, lamentó que “incluso a las mujeres que han sido madres, se lo niegan”. “Es muy común. No sé cuál es realmente el prejuicio o porque creen que tienen más derecho de decir por otra persona”, apuntó.
Y concluyó: “Es fundamental que se tome conciencia de la importancia de garantizar los derechos de las mujeres en todos los niveles”.
La doctora contó que trabaja en el Hospital de Clínicas de la ciudad de Córdoba, es coordinadora de Mumala Córdoba y parte de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir.