Para acceder a la jubilación, por ley, los hombres deben tener al menos 65 años, mientras que las mujeres 60. Pero existe una manera de dejar de trabajar cinco años antes.
La “Jubilación anticipada” que propone la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) beneficia a las personas que cumplieron con los 30 años de aportes en el sistema previsional y hayan perdido su empleo, aunque no tengan la edad jubilatoria.
Los beneficiarios pueden cobrar el 80 por ciento del haber que les tocaría al jubilarse en la edad establecida. No obstante, se dispuso que el monto no puede ser menor a la jubilación mínima, actualmente de 37.525 pesos.
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Una vez cumplida la edad jubilatoria, los montos cambiarán automáticamente, pudiendo acceder al 100 por ciento del haber sin necesidad de realizar trámite alguno.
Los requisitos para acceder
-Tener hasta 5 años menos de la edad requerida para jubilarse (ser hombre de entre 60 y 64 años o mujer de entre 55 y 59 años).
-30 años de aportes registrados.
-Encontrarse desocupado al 30 de junio de 2021. En el caso de los monotributistas o autónomos, deben haber solicitado la baja antes de esa fecha.
Con respecto al requisito de los 30 años de aportes, la ANSES permite computar como aportes previsionales los períodos de licencia por maternidad, los que se cobraron por desempleo y los meses de moratoria que hayan sido abonados hasta el 30 de junio de 2021.
Quienes trabajaron en rubros que exigen menos de 30 años de servicio para jubilarse pueden solicitarla si acreditan los años de aportes realizados.
Perder el beneficio
ANSES puede dar de baja la Jubilación anticipada si la persona comenzó a trabajar en relación de dependencia o de manera independiente. También si se va a vivir al exterior o si permanece fuera del país por más de 90 días consecutivos.
Este beneficio no es compatible con otros planes sociales ni con pensiones no contributivas.
Cómo obtener la Jubilación Anticipada
Se debe solicitar un turno a través de la página web de ANSES para poder recurrir a una oficina de la entidad con la documentación correspondiente.
“Tiene carácter extraordinario y su solicitud podrá efectuarse dentro de los dos años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia”, se detalla en el decreto 624/2021 sobre la Jubilación Anticipada. Esto indica que hay tiempo hasta septiembre de 2023 para inscribirse.