“Tengo una mamá y dos papás”, esas fueron las palabras expresadas por una nena ante la jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 3º Nominación de la ciudad de Córdoba, Laila Córdoba. La pequeña, que había transitado por la guarda judicial con fines de adopción, llamaba papá al primer marido de su mamá y, tras el divorcio de ambos, también consideraba como su padre al segundo esposo de la mujer.
Ante esta situación, y al observar esta particular realidad familiar en la que la niña compartía momentos con su mamá y sus dos papás, la magistrada les otorgó a los tres la adopción plena de su hija.
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Al admitir la adopción pluriparental, la jueza Laila Córdoba declaró la inconstitucionalidad del último párrafo de los artículos 558 y 634 del Código Civil y Comercial que lo impiden. Consideró que al reflejar y reconocer la realidad familiar, “no se puede forzar la desintegración de lazos afectivos consolidados en pos de ceñirme a una prohibición legal”.
Con este fallo, la nena tendrá tres apellidos (los dos primeros de sus papás y el último de su mamá). “El Estado no puede venir a imponer nuestros propios planes de vida”, sostuvo Córdoba al observar que se está gestando la ruptura del binario de roles. “Hay que darle valor a la socioafectividad vislumbrada en el presente caso, donde se crearon vínculos valorables y protegibles”, concluyó.