Llegan las vacaciones y muchos conductores se relajan cuando salen a la ruta, olvidando algunas normas de seguridad vial. En las últimas horas, se viralizó una multa realizada a un turista en Mendoza y los usuarios de las redes sociales abrieron el debate. ¿Cuál fue el motivo? El hombre manejaba con sandalias y, según la ley de tránsito de esa provincia, está prohibido.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del decreto 326, que complementa la ley 9.024 de tránsito de la provincia mendocina, los conductores deberán “usar calzado apropiado”, es decir, “de tipo cerrado o que, siendo abiertos, sujeten la parte anatómica dorsal, plantar y lateral, con suela antideslizante que permita la sujeción a la goma de recubrimiento de los pedales”.
Pero, ¿qué pasa en Córdoba? En diálogo con el director general de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia, Miguel Ángel Rizzoti, “en Córdoba no está legislado como infracción de forma expresa. Lo tenemos como una recomendación”. “Calzados con tacos altos, ojotas o descalzos, son factores que en un momento de urgencia para accionar el pedal pueda ocasionar un siniestro vial”, agregó a El Doce.
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Además, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) advierten que para manejar de una manera más segura, es mejor hacerlo con un calzado que sujete el pie, ya que “el talón debe estar en el suelo para poder aplicar la presión correcta y controlada sobre los pedales del vehículo”. De esta manera, consideran que la persona que está frente al volante podrá “pasar del acelerador al freno de manera rápida y fácil, como así también mantener la presión controlada sobre ellos”.