En un fallo que marca un antes y un después en la jurisprudencia argentina, el Tribunal Oral Criminal N° 4 de Morón condenó a 20 años de prisión a Orlando Tristán Novillo por una serie de delitos sexuales cometidos contra una niña durante más de tres años mediante redes sociales, mensajería instantánea y videollamadas.
Lo distintivo del caso es que el agresor nunca tuvo contacto físico con la víctima, una niña que comenzó a ser captada a los 12 años. Sin embargo, los jueces determinaron que el nivel de sometimiento y las acciones de índole sexual impuestas configuraron el delito de abuso sexual con acceso carnal.

La investigación, liderada por el fiscal Claudio Oviedo, reveló que el calvario de la menor comenzó en enero de 2020. Bajo la técnica conocida como grooming, Novillo contactó a la niña vía Instagram y WhatsApp. Mediante engaños —prometiendo una falsa campaña de modelaje— obtuvo las primeras imágenes íntimas que luego utilizó como herramienta de extorsión.
Durante tres años, el agresor mantuvo a la menor bajo un estado de dominio absoluto, amenazándola con difundir el material o asesinar a su familia si no cumplía con sus demandas, que incluyeron desde la producción de videos sexuales hasta la entrega de datos bancarios de sus padres.
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El caso salió a la luz gracias a la intervención de una profesora de danzas, quien notó un comportamiento extraño cuando la adolescente le pidió dinero. Tras escucharla sin juzgar, la docente alertó a la madre, permitiendo que la denuncia se radicara en febrero de 2023.
La investigación tecnológica permitió rastrear el origen de las comunicaciones hasta una celda. Novillo realizaba estas maniobras mientras cumplía condena en unidades carcelarias de Campana y Florencio Varela, en Buenos Aires. En el allanamiento a su celda, se secuestró un dispositivo móvil con más de 134.000 archivos, incluyendo material de abuso sexual infantil y datos financieros de sus víctimas.

El tribunal, integrado por los jueces Carlos Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Gerez, basó su decisión en una interpretación moderna del Artículo 119 del Código Penal. Según explicó el fiscal Oviedo, se consideró que el abuso sexual se concreta cuando el autor logra doblegar la voluntad de la víctima para realizar actos de índole sexual, independientemente de la presencia física.
Los delitos por los cuales fue condenado Novillo incluyen:
- Abuso sexual con acceso carnal (bajo la modalidad de autoría mediata).
- Corrupción de menores agravada por intimidación.
- Producción y tenencia de material de abuso sexual infantil.
- Extorsión y defraudación mediante el uso de tarjetas de crédito.



