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Llevaba una “torre de muebles” en la camioneta camino al Aeropuerto y quedó filmado: qué dice la Caminera

La secuencia fue filmada en la avenida La Voz del Interior en la tarde del viernes. Los fundamentos de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560.

13 de febrero 2026, 20:19hs
Filmaron mientras llevaba una "torre de muebles" camino al Aeropuerto.
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Un nuevo video que llegó a ElDoce.tv levantó polémica por una escena insólita que protagonizó una camioneta que llevaba una auténtica “torre de muebles” en la caja y en el techo.

La secuencia fue capturada en plena avenida La Voz del Interior, camino hacia el Aeropuerto. En las imágenes se aprecia a una Renault Oroch color bordó, con al menos cinco muebles y dos colchones encimados.

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El mobiliario que llevaba la camioneta se encontraba sobre la caja y sobre el techo de los asientos delanteros. Cabe destacar que todos los elementos estaban sujetados por sogas y apenas se movían mientras el auto circulaba.

Qué dice la ley

Aunque este episodio ocurrió en el ámbito de la ciudad de Córdoba, desde la Policía Caminera hicieron referencia a la Ley Provincial de Tránsito N° 8560, con respecto al transporte de cargas de autos particulares.

La secuencia fue grabada en la tarde del viernes en avenida La Voz del Interior, cerca de las 17.30.

En el apéndice de normas de comportamiento se indica que “ningún vehículo puede ser cargado de forma indistinta”. “Las cargas no pueden superar el largo, que va desde el paragolpe delantero al trasero; el ancho, cuyos límites son los espejos retrovisores; ni el alto, cuyo máximo es el techo, siempre y cuando circulen de forma segura, sin impedir la conductibilidad, la aerodinámica del auto o el control del conductor.

Usando como base el artículo 90, desde la Caminera concluyeron que no se puede hacer una mudanza en la que la carga supere de forma desmedida el alto del vehículo y esta afecte la aerodinámica y la conductibilidad, tal como en este caso filmado.

En esa línea, consideraron que esta falta está considerada dentro de las graves o muy graves, por ende son las de mayor consideración a la hora de la constatación de una infracción.

“En caso de que el conductor llegase a un control vehicular no podría continuar hasta tanto no normalice la situación de la carga, transportarla en otro elemento en este caso”, agregaron.

En tanto, desde la Municipalidad sostuvieron que un juez podría aplicarle el artículo 126 del Código de Convivencia por circulación imprudente. “Básicamente porque los muebles apilados exceden en altura la capacidad de carga del vehículo”, añadieron.

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