Es apasionante el debate del final del partido entre Belgrano y Banfield. Más allá de Rigamonti o el árbitro, soy de los que creen que entendiendo el fútbol o el tránsito podemos entender la sociedad argentina entera.
Una primera gran curiosidad es que pese a que todos los expertos aseguran que Fernando Espinoza cumplió al pie de la letra con el reglamento, finalmente fue sancionado por el colegio arbitral y parado momentáneamente. Sanción por cumplir con las reglas.
A Rigamonti lo critican por no haber sido “vivo”, por enredarse en una disputa estéril cuando si pateaba la pelota para arriba el partido terminaba y Belgrano se llevaba los tres puntos. Y si hay sanción dura en el fútbol (y por lo tanto en la sociedad) esa es la sanción para el zonzo.
No ser vivo es casi un pecado capital por estos lares. Rigamonti no lo fue simplemente porque la sanción al arquero que retiene más de seis segundos la pelota no se cobra nunca en el fútbol argentino. Es como el semáforo en rojo en una esquina peligrosa a las tres de la madrugada. Nadie lo respeta porque no hay sanción. Uso y costumbre que le llaman.
Acá me parece que está el quid de la cuestión. El centro del asunto. Tiempo atrás, un jurista prestigioso de Córdoba me desburraba en un bar sobre un aspecto de la práctica de la legislación. Me decía que hay países que son estrictos con la letra de la ley y todo su esquema jurídico se basa en eso. En Estados Unidos, en cambio, entienden que como la letra de la ley define la teoría, la guía para los fallos de los jueces es la jurisprudencia, es decir, las sentencias de otros jueces en el pasado que aplicaron la ley sobre casos reales. A la teoría inicial se le agregaban las personas de carne y hueso y su comportamiento ante distintas circunstancias. Es por eso que en las películas y las series norteamericanas vemos a menudo como citan el caso tal o cual para planear la defensa o la acusación de una persona.
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Digamos, sólo a modo de ejemplo exagerado, que en Japón le habrían levantado un monumento al árbitro, mientras que en Estados Unidos no existiría la ambigua ley de los seis segundos y Espinoza hubiese aplicado el sentido común según la jurisprudencia sentada por otros fallos arbitrales en situaciones parecidas. Si se hubiese basado en las decisiones que él mismo tomó en el pasado, Belgrano habría ganado el partido.
Café mediante, le pregunté al jurista si en la Argentina le hacíamos más caso a la ley o a la jurisprudencia. Se sonrió. Miró para todos lados, bajó la voz para que no lo escucharan oídos indiscretos en la zona de Tribunales y me dijo que en Argentina se aplicaba lo que funcionara según el caso. Dependiendo de la presión de los poderes de turno, del estrépito que el caso en cuestión hubiera provocado en la opinión pública, de los mecanismos de corrupción del sistema, del nivel intelectual y profesional de los jueces y fiscales del caso, de la escasez de recursos de la Justicia, etcétera. Lo que conviene, concluyó.
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En aquel momento no habían jugado Belgrano y Banfield. Pero recuerdo la anécdota porque es perfectamente aplicable. Quizás Espinoza quiso perjudicar a Belgrano, quizás se cansó de las protestas de Rigamonti y se tomó venganza, quizás es hincha secreto de Banfield, quizás tuvo un ataque de legalidad y pretendió cumplir el reglamento a rajatabla. Aplicó el “lo que conviene”.
Rigamonti, por su lado, no pecó de zonzo, pecó de desinformado. En el fútbol, como en el tránsito, como en la sociedad, no hay ninguna regla que no se cumple nunca. Eso nos convertiría en un país previsible, es decir, obraríamos conciendo que jamás se cumplen las reglas. Rigamonti debió saber que en Argentina, aún las reglas que no se cumplen casi nunca, de vez en cuando pueden cumplirse, si es lo que conviene, claro está.
Esta columna fue publicada en el programa Córdoba al Cuadrado de Radio Suquía – FM 96.5 – Córdoba – Argentina.