EN VIVO
Últimas noticias
Actualidad
Política
El Doce y vos
Cuarteteando
Agenda
Show
Deportes
Estadísticas Deportivas
Horóscopo
Quinielas y Loterías
Internacional
Tendencias
Opinión

Seguinos en las redes

El DocePolítica

Prorrogan el plazo para presentar y pagar Ganancias y Bienes Personales: las nuevas fechas

La Afip anunció la medida a través de una resolución del Boletín Oficial. Los vencimientos dependen de la terminación del CUIT del contribuyente o responsable.

07 de junio 2024, 08:43hs
Afip extiende los plazos de Ganancias y Bienes Personales.
Seguinos en

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) anunció, a través de una resolución en el Boletín Oficial, la prórroga para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2023.

Desde el organismo explicaron que la medida se debe a que el proyecto de ley que modifica los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales aún se encuentra en tratamiento en el Congreso de la Nación.

+ MIRÁ MÁS: El Gobierno nacional anunció el cierre definitivo del Ministerio de Mujeres

En un principio el plazo era el próximo 13 de junio. Ahora la Afip extendió el vencimiento para presentar ambos tributos al 26, 27 y 28 de agosto, de acuerdo a la terminación del CUIT de cada contribuyente.

Cabe recordar que una vez realizada la presentación de la declaración jurada, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 29, 30 y 31 de agosto, respectivamente.

Quiénes deben presentar y pagar Bienes Personales

Según detalló el organismo nacional, están obligados a pagar el tributo aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2023 el importe de $27.377.408. Así, la vivienda única y de uso permanente (casa habitación) se computará si supera los $136.887.041.

A quiénes beneficia la prórroga anunciada por Afip

  • Personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, sus respectivas modificaciones y complementarias.
  • Sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468, su modificatoria y sus complementarias (impuesto cedular).

Las nuevas fechas de vencimiento

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: fecha límite 26 de agosto de 2024 (inclusive).
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: fecha límite 27 de agosto de 2024 (inclusive).
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: fecha límite 28 de agosto de 2024 (inclusive).

Temas de la nota

Impuesto a las GananciasBienes Personalesdeclaración juradapagoprorrogaAFIP

Más notas sobre Política

Quién es Estrella Benchetrit, la legisladora que ocupará la banca de Flores tras el escándalo por abusos

Durán Barba advirtió un “efecto brutal” sobre el mercado laboral por la revolución digital

La Provincia impulsará la ley de “alivio cordobés” para reducir la carga impositiva

© 2026, TELECOR SACI

Seguinos en las redes

Últimas noticias

  • Pergolini quedó sorprendido: Culini Weinbaum contó cómo soportó 200 picaduras de hormigas bala
  • “Caos” y “quilombo total”: la crítica sin filtros de Jimena Barón a Miguel Ángel Rodríguez
  • Una adolescente asesinó a su madre, durmió junto al cuerpo y al otro día confesó el crimen
  • Conmoción por el hallazgo de dos hombres carbonizados en una estancia: la estremecedora hipótesis

Secciones

  • Últimas noticias
  • Actualidad
  • Política
  • El Doce y vos
  • Cuarteteando
  • Agenda
  • Show
  • Deportes
  • Estadísticas Deportivas
  • Tendencias
  • Internacional
  • Opinión

Sitios amigos

  • TN
  • eltrece
  • Ciudad Magazine
  • Cucinare

Seguinos en las redes

© 2026, TELECOR SACI

Mapa del sitioTérminos y condicionesComunicadosComercial