Se aproximan los últimos días hábiles de junio y llega la fecha límite para el cobro del medio aguinaldo, aunque muchos trabajadores en relación de dependencia ya percibieron esos aportes en las primeras semanas del mes.
El sueldo anual complementario (SAC) representa la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario. Es abonado en dos etapas, aunque la ley contempla la posibilidad de tres períodos para pequeñas y medianas empresas.
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La primera etapa tiene plazo hasta el 30 de junio, que este año cae domingo. En caso de no haberse recibido el pago hasta ese momento la ley prevé que pueda extenderse no más de los dos primeros días hábiles del mes siguiente.
El segundo tramo del aguinaldo se cobra a fin de año, con plazo hasta el 18 de diciembre, de acuerdo con la legislación vigente.
De acuerdo a lo que indica la Ley de Contratos de Trabajo, el monto a pagar corresponde al 50 por ciento de la mayor remuneración mensual que percibió el trabajador en ese semestre.
Para pequeñas empresas la ley 24.467 de pequeñas y medianas empresas, de 1995, contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del sueldo anual complementario siempre que no excedan de tres períodos en el año, es decir que pueden pagarlo en tres cuotas.